El diario plural del Zulia

David L. Petit M. | Del pacto gomecista al acuerdo con el Interinato chavista: petróleo, soberanía y permanencia histórica en la relación Venezuela-Estados Unidos

  1. Una comparación incómoda pero necesaria

En los últimos meses de 2026, mientras Delcy Rodríguez encabeza el régimen venezolano como presidenta encargada tras la captura de Nicolás Maduro (trasladado a Nueva York el 3 de enero bajo cargos federales por narcoterrorismo y, más recientemente, por torturas), los gobiernos de Caracas y Washington negocian el acceso a 17 campos petroleros por un valor aproximado de 100.000 millones de dólares. Basado en nuestra tradición rentista y clientelar (Koeneke Ramírez en Peña, Comp., 2017) en los últimos días se ha propuesto en la discusión pública y noticiosa un paralelo que, a primera vista, parece anacrónico: el querer comparar la política petrolera del dictador Juan Vicente Gómez (1908-1935) con la actual. Gómez, quien delegó en las compañías petroleras estadounidenses y británicas la codificación práctica del marco jurídico que regularía la explotación de los hidrocarburos venezolanos con la actual administración que se comporta más como una gestión transitoria y delegada de Washington que un gobierno realmente legítimo y sobre todo legal. El paralelismo no es caprichoso, pero requiere ser tratado con el rigor que le impone un siglo de distancia y de transformaciones estructurales radicales. El propósito de este artículo es explorar esa comparación con honestidad intelectual: señalando sus límites sin desestimar lo que revela.

  1. Gómez y el petróleo: la dictadura como bisagra extractiva (1908-1935)

Cuando los primeros pozos comerciales comenzaron a fluir en la cuenca del Lago de Maracaibo (el reventón de Los Barrosos, en 1922, hizo visible al mundo la magnitud de las reservas venezolanas) el Estado venezolano carecía de cuadros técnicos, de legislación especializada y, sobre todo, de experiencia acumulada en la administración de recursos del subsuelo (Lieuwen, 1954). Juan Vicente Gómez gobernaba un país agroexportador empobrecido, con una deuda externa apremiante y sin ningún antecedente en la materia. En ese vacío, las grandes compañías (tales como: Standard Oil of New Jersey a través de su filial Creole Petroleum Corporation, y Royal Dutch Shell mediante la Compañía de Petróleo de Venezuela) no solo extrajeron el crudo: también aportaron el conocimiento institucional y jurídico que terminó dando forma a la legislación concesionaria.

La Ley de Minas de Hidrocarburos de 1920, y sus sucesivas reformas de 1921 y 1922, fueron redactadas en un ambiente de estrecha consulta con las compañías, cuyos abogados conocían mejor que nadie los estándares internacionales de la industria (Rabe, 1982). El ministro de Fomento Gumersindo Torres intentó en dos ocasiones (1920 y 1930) imponer condiciones más favorables al Estado venezolano, pero fue removido ambas veces; parte de esa presión provenía de los propios concesionarios (Mommer, 2002). Betancourt (1956) describió ese régimen legal como la institucionalización de la soberanía enajenada: Venezuela recibía royalties ínfimos (en torno al 10 %) mientras el grueso de la renta migraba hacia las casas matrices en Londres y Nueva York. La dictadura gomecista se volvió financieramente viable gracias a ese flujo: el petróleo enterró la deuda externa y convirtió a Gómez en el acreedor del mismo Estado que gobernaba (Karl, 1997).

Es importante, sin embargo, matizar el cuadro. Que las compañías influyeran en la legislación no implica que el Estado venezolano fuera pasivo ni que no existieran venezolanos que intentaran limitar esa influencia. Lo que el período gomecista revela es algo más preciso: cuando hay asimetría técnica radical entre un Estado débil y un actor corporativo (apoyado por una o más potencias) con capacidades jurídicas y financieras muy superiores, la ley tiende a modelarse según los intereses del más fuerte, especialmente si el gobernante de turno no tiene incentivos (o los tiene negativos) para resistirlo (Tugwell, 1975; Coronil, 1997).

III. El largo ciclo soberanista: entre la reivindicación y la renta (1936-1998)

La muerte de Gómez en diciembre de 1935 abrió un proceso que, en perspectiva histórica, puede leerse como el intento sostenido (con avances y retrocesos) de recuperar la soberanía sobre el subsuelo. López Contreras y Medina Angarita iniciaron reformas prudentes. Fue bajo la presidencia de Medina Angarita cuando se promulgó la Ley de Hidrocarburos de 1943, que introdujo el principio del 50-50: igualdad en la distribución de beneficios entre el Estado y las compañías. Paradójicamente, las propias compañías aceptaron la reforma a cambio de la confirmación de sus concesiones existentes, que podrían haber sido impugnadas por vicios legales (Rabe, 1982). Fue una negociación, no una imposición, y es importante resaltar esto.

En un salto de años de intentos de democracia y la realidad dictatorial de Pérez Jiménez, el Pacto de Puntofijo de 1958 inauguró la democracia representativa y, con ella, una nueva forma de administrar la renta petrolera. Juan Pablo Pérez Alfonzo (figura central de Acción Democrática) lideró desde el Ministerio de Minas e Hidrocarburos la creación de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) en 1960, junto con Arabia Saudita, Irak, Irán y Kuwait. Era un intento de cambiar las reglas del juego desde adentro del sistema (Betancourt, 1956). En 1976, el presidente Carlos Andrés Pérez consumó la llamada nacionalización del petróleo y creó Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), lo que representó el punto más alto de esa trayectoria soberanista. Sin embargo, Ross (2001) ha documentado con rigor lo que en la literatura se conoce como la “maldición de los recursos”: la abundancia petrolera financió clientelismos, perpetuó el rentismo en todas las capas políticas, sociales y económicas del país, desincentivó la diversificación productiva y, a la larga, debilitó las instituciones democráticas que el propio Puntofijismo había construido.

  1. La era bolivariana-socialista: antiimperialismo retórico, dependencia real (1999-2025)

Con el fin de la democracia bipartidista llegó Hugo Chávez al poder en 1999. Tuvo un discurso radicalmente antiimperialista, aunque en la práctica jamás dejó de venderle crudo a los Estados Unidos, dado que el petróleo siempre fue utilizado como instrumento geopolítico. Reestructuró PDVSA tras la huelga petrolera de 2002-2003, colocó a militares leales al frente de la empresa y reorientó los excedentes hacia programas sociales (misiones) y hacia alianzas políticas regionales (ALBA, Petrocaribe, UNASUR) que tenían como contraparte la cesión a precios preferentes o en trueque (Mommer, 2002). La retórica era de plena soberanía; la realidad, de dependencia creciente respecto a otros actores como China (que pasó a ser el principal acreedor de Venezuela a través de adelantos sobre producción futura) y de fragilidad estructural ante la caída de los precios internacionales.

Con Nicolás Maduro, esa contradicción alcanzó su punto crítico. La crisis humanitaria sin precedentes, el colapso de PDVSA (cuya producción pasó de más de 3 millones de barriles diarios en 1998 a menos de 700.000 en 2020), las sanciones estadounidenses y la emigración de más de ocho millones de venezolanos configuraron un Estado virtualmente inviable. En ese contexto, el discurso soberanista se mantuvo en lo formal mientras la práctica negociadora oscilaba entre la búsqueda de alivios de las sanciones y la dependencia logística de Irán y Rusia. La “autonomía estratégica” proclamada era, en los hechos, una dependencia diversificada entre potencias no aliadas con Washington y menos con las democracias liberales.

  1. Delcy Rodríguez y Trump: ¿una nueva táctica gomecista o una nueva realidad?

Tras la captura de Maduro, el 3 de enero de 2026, en una operación estadounidense en Caracas y La Guaira, Delcy Rodríguez asumió como presidenta encargada. Washington reconoció su autoridad y condujo activamente el marco de la transición. En agosto de 2026, la octava ronda de diálogos en este siglo (celebrada en Caracas bajo supervisión de Washington) incluyó como pieza central un acuerdo petrolero: el acceso de compañías estadounidenses a 17 campos, con una estimación de inversión de alrededor de 100.000 millones de dólares. Machado y González Urrutia quedaron fuera de esa mesa.

Es aquí donde el paralelismo propuesto por algunos analistas y en noticieros adquiere su fuerza más perturbadora: como en la época de Gómez, el Estado venezolano negocia el acceso a sus recursos petroleros con Washington desde una posición de debilidad estructural, con escasa capacidad técnica propia (PDVSA ha perdido a gran parte de sus ingenieros y cuadros en el éxodo de los últimos años) y con la urgencia política de quien necesita legitimidad exterior para sobrevivir. En ambos casos, la asimetría de poder determina el marco de lo negociable.

Pero los contrastes son tan relevantes como las similitudes, y eludirlos sería incurrir en el anacronismo que toda comparación histórica responsable debe evitar. Primero, Gómez operaba en un mundo de dominación imperialista directa y propia de inicios del siglo pasado (la Doctrina Monroe, la Diplomacia del Dólar) en el que no existían contrapesos multilaterales funcionales; Rodríguez negocia en un orden internacional en tránsito hacia la multipolaridad, con China, Rusia, Turquía e Irán como actores con intereses activos en Venezuela. Segundo, en la era gomecista no existía soberanía petrolera institucionalizada: PDVSA, la OPEP, el principio del 50-50 y un siglo de jurisprudencia internacional sobre soberanía permanente sobre los recursos naturales son parte del piso normativo sobre el que cualquier acuerdo hoy se negocia, por asimétrico que sea. Tercero, Gómez nunca tuvo que responder ante una opinión pública nacional estructurada ni ante una oposición con representación internacional reconocida; Rodríguez sí, aunque el gobierno electo en 2024 haya quedado desplazado de la mesa por los momentos, tiene un gran apoyo todavía, lo que implica legitimidad.

La diferencia más profunda es, quizás, la naturaleza del acuerdo. En el período gomecista, la delegación consistía en ceder la capacidad normativa misma: permitir que el conocimiento técnico y jurídico del actor privado extranjero determinara el marco legal. Hoy, si los reportes son correctos, se trata de una cesión de campos de producción bajo condiciones que Venezuela tiene la capacidad institucional (aunque no siempre la voluntad política) de negociar con mayor autonomía. La pregunta relevante no es si la operación se parece superficialmente a la de Gómez, sino si sus condiciones están lo suficientemente supervisadas, documentadas y sujetas a rendición de cuentas como para distinguirse de aquella.

  1. La constante histórica: el petróleo como ecuación irresuelta

Lo que la comparación entre Gómez y la interina Rodríguez revela no es tanto una repetición cíclica como una constante estructural que atraviesa todos los regímenes venezolanos del siglo XX y lo que va del XXI: el petróleo organiza la relación con Washington, sea el gobierno democratizante de Betancourt, el populista de Chávez, el autoritario de Maduro o la “encargada” Rodríguez. Karl (1997) denominó “Estado rentista” a esta formación política en la que el acceso al poder equivale al control de la renta petrolera, lo que convierte la negociación con los actores con capacidad de extraer y comercializar ese recurso en una condición de supervivencia política. Ross (2001) añadió que ese efecto no distingue ideologías: la lógica rentista opera igual (y con frecuencia igualmente corrosiva para las instituciones) bajo dictaduras de derecha y populismos de izquierda.

En ese sentido, el paralelismo más preciso entre Gómez y Rodríguez no es el de dos dirigentes similares, sino el de dos momentos distintos de la misma lógica estructural: cuando el Estado venezolano enfrenta debilidad extrema, técnica, fiscal o política, tiende a negociar sus recursos desde una posición subordinada con quien tiene la capacidad de valorizarlos. El tipo de régimen cambia; la ecuación de fondo, preocupantemente, persiste.

Lo que esta perspectiva histórica sugiere para el debate actual es que juzgar el acuerdo Delcy-Trump requiere preguntarse no solo quién negocia, sino en qué condiciones, con qué transparencia y con qué mecanismos de supervisión ciudadana e institucional, tanto interna como externa. Ahí es donde la comparación con Gómez tiene más mordiente: no como acusación anacrónica, sino como advertencia pertinente. La diferencia entre un acuerdo que reproduce la lógica gomecista y uno que la supera no está en la identidad del negociador, sino en la arquitectura de rendición de cuentas que lo rodea. Y esa arquitectura, en Venezuela, todavía está por construirse y, posiblemente, por transitar hacia un modelo nuevamente institucional y democratizante, además de la construcción de una nación que despierte del rentismo y camine por el sendero de un progreso diversificador en todos los aspectos.

Referencias

Betancourt, R. (1956). Venezuela: política y petróleo. Fondo de Cultura Económica.

Coronil, F. (1997). The magical state: Nature, money, and modernity in Venezuela. University of Chicago Press.

Karl, T. L. (1997). The paradox of plenty: Oil booms and petro-states. University of California Press.

Lieuwen, E. (1954). Petroleum in Venezuela: A history. University of California Press.

Mommer, B. (2002). Global oil and the nation state. Oxford University Press.

Peña, C. (Comp.). (2017). Venezuela y su tradición rentista: visiones, enfoques y evidencias. CLACSO; Universidad Central de Venezuela. asociacionvenezolanadesociologia.org

Rabe, S. G. (1982). The road to OPEC: United States relations with Venezuela, 1919-1976. University of Texas Press.

Ross, M. (2001). Does oil hinder democracy? World Politics, 53(3), 325-361. https://doi.org/10.1353/wp.2001.0011

Tugwell, F. (1975). The politics of oil in Venezuela. Stanford University Press.

 

* Docente e Investigador Universitario. Doctor en Historia (Pontificia Universidad Católica de Chile), Especialista en Derecho y Políticas Internacionales y Politólogo (Universidad Central de Venezuela). Lineas de investigación: Políticas Públicas y Cambio Sociodemográfico, Innovación y Transformación Digital aplicada, Democracia y Análisis del Discurso.

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