Sala 3° de la Corte Superior de Apelaciones declara sin lugar las acciones interpuestas contra Gerson y Osnelly Bracamonte

La corte superior de apelaciones declaro sin lugar la acción judicial interpuesta en contra de los ciudadanos Osnelly Del Valle Bracamonte Aguirre y Gerson Daniel Bracamonte Aguirre .
La Sala Tercera de la Corte Superior de Apelaciones Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia declara:
PRIMERO: Sin lugar los recursos de apelación de autos interpuestos, el primero, por los Abogados de la ciudadana Mayrena Vargas González, titular de la cédula de identidad N° V-22.170.992; y el segundo recurso de apelación , interpuesto por la profesional del derecho María José Torres, en su condición de Fiscal Provisoria Octogésima Quinta (850) Nacional del Ministerio Público, ambos dirigidos-a impugnar la decisión- N°- 4C-0274-2024 de fecha 25 de marzo de 2024, dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 4C-0274-2024 de fecha 25 de marzo de 2024, dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, según que la misma se dictó conforme a derecho y en modo alguno causa un gravamen irreparable o vulnera los derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes . El presente fallo se dictó de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal penal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Apelaciones, Sala Tercera del Circuito Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los 17 días del mes de mayo del año la Independencia 165° de la Federación.
Esta ratificación de la sentencia pone fin a un ataque judicial iniciado por la ciudadana Mayrena Vargas en la que por probados hechos que no se les atribuyen a los hermanos Bracamonte Aguirre instrumentalizó al MP y a los Tribunales Penales para perjudicar a esta Familia.
Como resultado del trabajo técnico y jurídico por parte del abogado de la Defensa de los Hermanos Bracamonte Aguirre, lograron vislumbrar ante el Tribunal de los siguientes particulares:
- Inexistencia entre la relación de los hechos y la individualización de los Hermanos Bracamonte Aguirre.
- Falta de Elementos de Convicción que sustenten los delitos que fueron acusados.
- Discrepancia entre los hechos denunciados y lo recabado durante toda la investigación.
- Falta de elementos esenciales para el cumplimiento de la comisión de los delitos acusados.
- Prescripción de los presuntos delitos acusados.