El diario plural del Zulia

TSJ ordena devolver a Halliburton bienes embargados en Zulia y Monagas para reactivar operaciones

La Sala de Casación Social ordenó entregar a Halliburton los bienes embargados en ambos estados. La petrolera estadounidense podrá reiniciar sus operaciones y utilizar los activos bajo supervisión judicial. El TSJ calificó los bienes como estratégicos para la industria nacional de hidrocarburos

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la restitución a Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. de los bienes muebles e inmuebles que habían sido embargados en los estados Zulia y Monagas, según la sentencia N° 328, correspondiente al expediente 2026-006.

La decisión fue emitida por la Sala de Casación Social en un procedimiento de avocamiento y corrige un error material contenido en el fallo N° 0327, del 27 de julio de 2026, que había decretado una medida cautelar para permitir el reinicio de las operaciones productivas de la empresa.

El tribunal ordenó a los actuales depositarios judiciales entregar a Halliburton los bienes ubicados en Cabimas, estado Zulia, y Maturín, estado Monagas.

En Zulia, la entrega deberá realizarla la sociedad Depositaria Judicial Maracaibo, C.A. (DEJUMACA), mientras que en Monagas estará a cargo del depositario provisorio judicial Pedro Victorio Malpica Morillo.

Los tribunales laborales de primera instancia de ambos estados fueron comisionados para ejecutar la entrega material de los activos y poner a Halliburton en posesión de los mismos.

Halliburton podrá utilizar los bienes

La sentencia establece que la empresa quedará en calidad de depositaria, con facultades de uso, goce y disfrute de los bienes restituidos.

El TSJ señaló que los activos tienen carácter estratégico y crítico para la industria de hidrocarburos, por lo que Halliburton estará facultada para realizar las actividades relacionadas con su objeto social y mantener sus operaciones en funcionamiento.

La medida también contempla la designación de uno o varios veedores judiciales, quienes serán nombrados mediante un auto separado y estarán encargados de verificar el cumplimiento de la decisión.

Los veedores tendrán amplias facultades de revisión, deberán elaborar un inventario judicial de los bienes objeto del embargo e informar periódicamente a la Sala de Casación Social sobre la ejecución de la medida cautelar.

Supervisión de los activos

Los tribunales de Cabimas y Maturín deberán garantizar que la entrega de los bienes se realice conforme a lo establecido en la sentencia y bajo la responsabilidad de Halliburton, que podrá utilizarlos para continuar con sus actividades productivas.

El fallo, identificado con el N° 328 y firmado bajo ponencia conjunta, establece además que no habrá condenatoria en costas.

La decisión deberá incorporarse como parte integrante de la sentencia N° 0327, dictada por la Sala de Casación Social el pasado 27 de julio.

Lea también
Comentarios
Cargando...