Seniat prohíbe a funcionarios sancionar a establecimientos públicos que no exhiban el RIF y otros documentos
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ordenó a los funcionarios de la Intendencia Nacional de Tributos Internos abstenerse de solicitar o inspeccionar la copia física del Registro de Información Fiscal (RIF), la declaración del Impuesto Sobre la Renta (Islr) y otros documentos que ya reposen en las bases de datos del organismo durante los procesos de fiscalización.
La instrucción fue anunciada por el superintendente del Seniat, Román Maniglia, quien aseguró que la medida forma parte de los cambios orientados a modernizar la administración tributaria y simplificar los trámites para los contribuyentes, informa Bitácora Económica.
Comenzamos a dar los primeros pasos. He instruido a todo el equipo de la Intendencia de Tributos, que lidera la fiscalización a nivel nacional, que ningún funcionario público nuestro debe solicitar la 'exhibición en un lugar visible' del RIF, así como cualquier otro documento que ya repose en las bases de datos del Seniat y por ende no podrá sancionar a ningún contribuyente por esta razón", expresó Maniglia a través de sus redes sociales.
La disposición quedó plasmada en un documento firmado por el superintendente, en el que se establece que los fiscales "deberán abstenerse de revisar, comprobar o inspeccionar el deber formal de los contribuyentes de 'exhibir en un lugar visible del establecimiento', la copia de los comprobantes de inscripción del Registro de Información Fiscal (RIF), de la declaración de rentas del año inmediatamente anterior al ejercicio en curso y cualquier otro documento exigido por esta Administración".
El Seniat explicó que la decisión se sustenta en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, publicada en la Gaceta Oficial N.° 7.018 Extraordinario del 8 de abril de 2026, normativa que obliga a los organismos públicos a adecuar sus procedimientos para ofrecer respuestas más ágiles y eficientes mediante el uso de herramientas tecnológicas.
De acuerdo con el texto legal, las instituciones deben "adecuar sus procedimientos para garantizar respuestas breves, eficientes y efectivas a la ciudadanía, incorporando tecnologías electrónicas, informáticas y telemáticas que eliminen la duplicidad de requisitos y simplifiquen cada gestión".
El organismo recaudador indicó que estos documentos dejarán de ser requeridos durante las inspecciones debido a que la información ya se encuentra disponible en sus sistemas. Asimismo, adelantó que la verificación del cumplimiento de las obligaciones formales se realizará progresivamente a través de plataformas digitales.
Posteriormente se darán a conocer las formas, directrices y mecanismos electrónicos o telemáticos mediante los cuales la Administración Tributaria verificará la información requerida, con el fin de desplegar canales digitales que nos permitan comprobar el cumplimiento formal de manera rápida, facilitando la autogestión de los contribuyentes y garantizando un control fiscal transparente, moderno y adaptado a las nuevas tecnologías", concluye la comunicación oficial.
