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CIDH lleva a la Corte IDH caso de defensor trans e intersex por agresiones en Venezuela

La CIDH presentó ante la Corte IDH el caso de Julián Alejandro Parra Patiño, defensor de derechos de personas LGBTI. El organismo concluyó que Venezuela no garantizó un acceso adecuado a la justicia y que hubo discriminación y revictimización. La Comisión solicitó medidas de reparación integral, atención en salud y garantías de no repetición

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó que presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso de Julián Alejandro Parra Patiño, un defensor de derechos de personas LGBTI que denunció amenazas, agresiones y hostigamientos en Venezuela.

La acción fue presentada el pasado 16 de julio y corresponde al caso número 14.452. Según la CIDH, el expediente se relaciona con la falta de investigación de las amenazas, agresiones y hostigamientos denunciados por Parra Patiño.

La petición fue presentada ante la Comisión el 30 de noviembre de 2018. De acuerdo con la información del caso, Parra nació en Caracas en 1986, se identifica con el género masculino y ejerce labores de defensa de los derechos de personas LGBTI.

Según la parte peticionaria, durante su infancia fue sometido a intervenciones médicas destinadas a adaptar su cuerpo a la sexualidad femenina y posteriormente fue diagnosticado como una persona intersex por síndrome de Klinefelter.

En 2016, Parra habría sido despedido del colegio donde trabajaba luego de que se conociera su condición como persona trans e intersex. Ese mismo año, personas no identificadas habrían amenazado a su madre y posteriormente lo habrían retenido y agredido cuando se dirigía a su vivienda.

Denuncia ante las autoridades

Tras los hechos, Parra acudió al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc). Sin embargo, según el informe de la CIDH, los funcionarios lo obligaron a utilizar su nombre legal y pronombres femeninos.

La denuncia fue remitida al Ministerio Público, pero, de acuerdo con la parte peticionaria, no recibió información sobre los avances de la investigación.

En 2017 solicitó ante el Registro Civil el cambio de nombre, pero tampoco habría recibido respuesta.

Posteriormente, en 2022, participó en una protesta relacionada con la identidad de género de personas intersex, trans y no binarias. Tras la difusión de sus declaraciones, fue despedido de la Universidad Popular del Ambiente Fruto Vivas junto con su pareja y otros integrantes de Intersex Venezuela.

En 2023, según la denuncia, agentes policiales acudieron a su vivienda, además de registrarse ataques cibernéticos. Posteriormente, Parra salió de Venezuela con la intención de solicitar protección internacional.

CIDH cuestionó actuación del Estado venezolano

En su Informe de Admisibilidad y Fondo No. 172/25, la CIDH concluyó que la respuesta estatal no garantizó un acceso adecuado a la justicia.

El organismo también consideró que el uso de un nombre y pronombres que no correspondían con la identidad de género de Parra constituyó discriminación y revictimización.

Asimismo, la Comisión señaló que el Estado venezolano no informó sobre diligencias destinadas a esclarecer los hechos y que la investigación no tomó en consideración una posible motivación discriminatoria.

Según la CIDH, más de ocho años después de presentada la denuncia, la investigación continuaba abierta y sin avances.

La Comisión concluyó que Venezuela es responsable por la violación de derechos relacionados con el reconocimiento de la personalidad jurídica, integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, honra y dignidad, libertad de expresión, nombre, igualdad ante la ley, circulación y residencia y protección judicial.

Estos derechos están contemplados en distintos artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Solicitud de reparaciones

Ante la Corte IDH, la CIDH solicitó que se ordene a Venezuela reparar integralmente las violaciones declaradas, incluyendo los daños materiales e inmateriales sufridos por Parra Patiño y tomando en cuenta su condición interseccional como persona trans, intersex y defensora de derechos humanos.

También pidió que se disponga atención en salud física y mental para su rehabilitación, considerando que actualmente se encontraría fuera de Venezuela.

La Comisión instó además a que continúe la investigación penal de manera diligente, efectiva y dentro de un plazo razonable, con el objetivo de esclarecer los hechos, determinar responsabilidades y establecer las sanciones correspondientes.

Finalmente, solicitó la adopción de garantías de no repetición, entre ellas medidas para promover el respeto de los derechos de las personas LGBTI, protocolos de investigación libres de sesgos y discriminación, así como capacitación obligatoria para cuerpos de seguridad y operadores de justicia.

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