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TSJ avala reforma de Ley contra el Odio y autoriza a la AN a continuar debate legislativo

A través de la sentencia número 1034, según el expediente 26-1387, el Poder Judicial declara su competencia "para conocer y decidir la presente iniciativa legislativa remitida a los fines de ejercer el control previo de constitucionalidad"

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala Constitucional, se declaró competente este jueves 15 de noviembre, para conocer y decidir sobre la reforma parcial de la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerencia.

A través de la sentencia número 1034, según el expediente 26-1387, el Poder Judicial declara su competencia "para conocer y decidir la presente iniciativa legislativa remitida a los fines de ejercer el control previo de constitucionalidad".

El alto tribunal, mediante la mencionada sala, también declaró la conformidad constitucional de la iniciativa de la reforma parcial de la Ley contra el Odio, con correspondiente exposición de motivos.

Tal declaración, refiere la Sala Constitucional, se basa en lo dispuesto "en el numeral 2 del artículo 3 de la Ley Constitucional que Regula la Vigencia de los Actos Emanados de la Asamblea Nacional Constituyente, así como su respectivo proyecto" presentado por Delcy Rodríguez, encargada del interinato.

Esta reforma de la referida ley fue remitida al TSJ por el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez, el 13 de octubre de 2026, dice la sentencia.

Todo ese procedimiento, acota el máximo tribunal, tiene como fin que se continúe el proceso legislativo para la discusión y aprobación de la reforma parcial de la Ley contra el Odio ante la AN.

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