El diario plural del Zulia

Rosana Sosa | Unas joyas en Madrid y una pista que llega hasta Venezuela

De Vagú a Money Flight: lo que pasa cuando uno empieza a seguir la pista del dinero

Joyas estimadas en más de 1,3 millones de euros que fueron encontradas en la oficina del exmandatario español José Luis Rodríguez Zapatero plantean un tema que trasciende Madrid.

En las diligencias aparece el nombre de una firma venezolana de alta joyería, Exclusividades Vagú. Hasta ese momento, el relato podría resultar un problema exclusivamente español.

Sin embargo, cuando se hace un seguimiento documental de las personas que están detrás de esa sociedad, la escala del recorrido se transforma. Sale de España, va a Venezuela, llega a Mauricio y acaba encontrando apellidos que ya se habían presentado durante años en uno de los expedientes más extensos de lavado de dinero basados en fondos robados de Petróleos de Venezuela (Pdvsa).

Lo interesante de la historia no son las joyas.

Eso es lo que sucede cuando empiezas a seguir el rastro.

Según el acuerdo de culpabilidad de Matthias Krull ante la Corte Federal del Distrito Sur de Florida, la estafa comenzó en diciembre de 2014 con una operación de arbitraje cambiario para desviar cerca de 600 millones de dólares de Pdvsa.

Para mayo de 2015, esa cifra había subido a unos 1.200 millones.

El dinero pasó por intermediarios financieros, sociedades pantalla, estructuras de inversión y bienes raíces. Krull, exalto ejecutivo de Julius Baer, se declaró culpable de conspiración para lavado de dinero y fue condenado a diez años de prisión.

Lo que hace interesante esta historia no es solo el tamaño del caso.

Es su estilo de construcción. El dinero pasó de cuenta en cuenta, de intermediario en intermediario, de sociedad en sociedad, de activo en activo y de jurisdicción en jurisdicción y, sin embargo, esos movimientos dejaron registros que hoy, años después, permiten reconstruir parte de su recorrido.

En la lista de personas nombradas en la causa federal 18-20685-KMW del Distrito Sur de Florida figura el nombre de Mario Enrique Bonilla Vallera, mencionado en los documentos del caso como parte de sociedades instrumentalizadas por el esquema. Años más tarde, su nombre vuelve a aparecer, esta vez a miles de kilómetros de Florida, en Mauricio.

Un nombre lleva a otro

La operación Money Flight fue desvelada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos en 2018.

Es conveniente establecer un límite desde el principio. Una investigación no significa una condena. El mero hecho de que una persona, una sociedad o un activo aparezca en unas diligencias no acredita por sí solo la comisión de un delito.

Lo que viene a continuación no permite afirmar que Zapatero participara en la Operación Money Flight ni que unas determinadas joyas procedan de aquel esquema.

Porque trazar no es lo mismo que acusar; este caso es especialmente útil para entender cómo funciona y por qué importa, la trazabilidad patrimonial.

Pieza intermedia de Mauricio

Los registros mercantiles y las reconstrucciones de los periodistas coinciden en situar a Bonilla como socio de Fernando Valero Gutiérrez, fundador y dueño de la ya desaparecida Exclusividades Vagú, en la compañía Worldwide Wealth Management PCC. La sociedad se creó en Mauricio el 26 de diciembre de 2014, coincidiendo con el mes en que, según los documentos estadounidenses, arrancó el esquema de Pdvsa.

La coincidencia temporal no es prueba de relación delictiva, pero es un dato objetivo que obliga a investigar.

De acuerdo con los datos de la Comisión de Servicios Financieros de Mauricio, la empresa existía. El 26 de febrero del año 2021, su Licencia Global de Negocios fue suspendida y el 11 de septiembre del año 2023, a través de una orden de disolución según el marco concursal vigente, fue cancelada permanentemente.

Una medida regulatoria no es un castigo penal ni implica conexión con Money Flight. Lo que este texto muestra, y eso es suficiente para su propósito, es que la estructura fue genuina y dejó un rastro documental.

El viaje se retoma a Madrid desde Mauricio. Exclusividades Vagú, SL es una sociedad constituida en España en el año 2019 con domicilio social inicial en la calle Serrano, dedicada al diseño, fabricación y comercialización de joyería.

Mauricio, Madrid. Florida, Venezuela. Cuatro territorios, una misma pista documental, pero todavía falta un elemento.

La Fiscalía Anticorrupción española ya investigaba operaciones relacionadas con Vagú antes de que saltara a la opinión pública la compra de joyas a Zapatero.

Las transferencias de más de 240.000 euros desde Wailea Art & Collectables a las cuentas españolas de Vagú, alegadas como compra de relojes según la causa Plus Ultra, son evaluadas por los tribunales para determinar su posible impacto penal.

 Esa investigación es otra cosa que las diligencias sobre las joyas encontradas en el despacho de Zapatero y no hay que confundir los dos procedimientos. Sin embargo, que figure una misma razón social en ambos permite formular preguntas legítimas acerca de su historia corporativa y patrimonial.

El 17 de agosto, The Objective aportó una pieza más: tres mansiones vinculadas a Fernando Valero fueron decomisadas por las autoridades estadounidenses en el marco de Money Flight y el medio reconstruyó la relación societaria entre Valero y Bonilla Vallera en Worldwide Wealth Management PCC.

Así pues, el recorrido documental toma otra dimensión. Ya no solo se trata de persona, sociedad y jurisdicción. Un bien aparece y detrás del bien un proceso judicial. Ahí está la verdadera enseñanza del caso: cambiar de sociedad, de jurisdicción o de forma patrimonial, no hace desaparecer necesariamente la historia de un activo.

Esto no hace culpable a cada nombre de la cadena, ni presume origen ilícito en cada estructura por la que pasó; simplemente muestra que la historia queda escrita en algún lugar, esperando que alguien la reconstruya.

Eso es trazabilidad.

La insinuación surge de una conclusión: dos nombres están conectados, así que alguien debe ser culpable. La trazabilidad opera de manera inversa. Una parte de la pregunta: ¿Qué sucedió de un punto a otro, según este enlace documental?

Trazar es volver a construir una secuencia sin saber a dónde se llegará al final.

Se trata de determinar qué sucede con un flujo económico cuando pasa de una persona a una sociedad, de una sociedad a otra jurisdicción, de una cuenta a una inversión, de una inversión a un inmueble o de un activo a otro titular.

Todo eslabón requiere su propia evidencia y ninguno da derecho a pasar automáticamente al siguiente. Por eso España puede guardar parte de la información, Mauricio otra parte, Estados Unidos la documentación judicial y patrimonial y el resto bancos, custodios y registros mercantiles. Nadie debe tener la historia entera para poder reconstruirla.

Cabe una reflexión del jurista Emilio J. Urbina Mendoza.

Urbina se basa en una idea que este caso muestra con claridad para explicar lo que llama Derecho de Integridad Patrimonial: vivimos en una red global de bienes, donde la legitimidad de un bien no es una condición fija. Hay una dimensión originaria y otra derivada y es entre ambas donde se sitúa la trazabilidad de los flujos de riqueza.

Un activo cuenta con un titular actual, también tiene historia y ambas cosas no siempre se dan la mano.

¿Y todo esto qué tiene que ver con un bono venezolano?

Muchísimo más de lo que parece.

Un bono también tiene su genealogía. Se emite, se pone, se adquiere, se transfiere, se custodia. Puede cambiar muchas veces de nombre y atravesar bancos, fondos, custodios y jurisdicciones antes de que, años más tarde, aparezca como un claim dentro de una reestructuración soberana.

 Es posible que el acreedor actual sea totalmente legítimo y esté a una distancia enorme de cualquier irregularidad anterior. De ahí que no se pueda presuponer contaminación. Sin embargo, tampoco parece sensato pensar que, estando presentes indicadores objetivos de riesgo, conocer lo anterior sea innecesario.

La titularidad identifica al acreedor. La trazabilidad reconstruye la trayectoria patrimonial de la reclamación.

Aquí es donde las joyas de Madrid dejan de ser una anécdota. La misma pregunta que permitió viajar documentalmente desde una sociedad española hasta Mauricio y de ahí hasta un expediente estadounidense, puede plantearse frente a un instrumento financiero: qué pasó entre un punto y otro de su cadena de titularidad.

De la trazabilidad a Pilar Cero

Ese es el fundamento de la propuesta que he llamado Pilar Cero para una futura reestructuración de la deuda venezolana. No consiste en investigar a todos los acreedores sin distinciones ni en presumir que toda la deuda está contaminada ni en trasladar responsabilidad penal de una persona a otra por simple asociación. Se trata de algo más puntual: si hay indicadores objetivos que legitimen someter un reclamo a una verificación reforzada, no se debería asumir la integridad de su expediente. Sería necesario dejarle constancia.

Esto puede implicar determinar, en función del riesgo observado, quién es el beneficiario efectivo y cuál fue el origen de los fondos. También se debe considerar cómo se desarrolló la cadena de titularidad, qué intermediarios y jurisdicciones intervinieron. Además, se debe considerar si existen investigaciones AML, procedimientos de confiscación u otros antecedentes relevantes vinculados al instrumento o a eslabones anteriores de su trayectoria. Identificar al beneficiario final de una estructura, conviene aclararlo, no significa siempre conocer al beneficiario económico de todas las operaciones que pasaron por esa estructura.

La trazabilidad no es una foto. Es una película.

La teoría que hay detrás de la pregunta

Esta idea no nace en el vacío normativo. Las Recomendaciones del GAFI número 24 y 25, revisadas en 2022, refuerzan la exigencia de disponer de información adecuada, exacta y actualizada sobre los beneficiarios efectivos de personas y estructuras jurídicas. Las Recomendaciones 4 y 38 extienden esa arquitectura a la identificación, congelación, incautación, decomiso y cooperación internacional con relación a el producto del delito.

La lógica es compleja de debatir. Si cada cambio legal o económico eliminara de inmediato la posibilidad de revisar la historia previa de un bien, el blanqueo de dinero usaría ese cambio como una forma de ocultar su origen.

Pilar Cero lleva esa lógica al terreno de la deuda soberana, con una salvaguarda ineludible incorporada desde el diseño: el enfoque basado en riesgo. No todos los instrumentos necesitan el mismo grado de escrutinio y un indicador aislado no constituye prueba de ilicitud; diligencia debida no determina culpabilidad. Este principio protege a la vez dos intereses que no deben oponerse entre sí: la integridad de la reestructuración y los derechos del acreedor legítimo.

De vuelta a la joyería

Empezamos con unas joyas en Madrid y seguimos el nombre de una sociedad. Ese nombre llevó a las personas a una estructura en Mauricio, la estructura a documentación regulatoria y judicial en otras jurisdicciones, y el rastreo de esos expedientes terminó alcanzando activos situados a miles de kilómetros de distancia.

Todas las conexiones requieren de una prueba independiente y sentencia judicial que no puede ser sustituida por ningún tipo de cadena documental. Pero la lección es esta: el patrimonio puede cambiar de nombre, de vehículo, de jurisdicción y de forma, y su historia no se pierde necesariamente con cada transformación.

Eso es lo que debería recordar Venezuela cuando llegue el momento de reestructurar su deuda.

No es responsabilidad del acreedor si la respuesta requiere que se revisen los años pasados, se crucen distintas jurisdicciones o se identifiquen intermediarios sucesivos. Hace de la trazabilidad una necesidad.

Hay que saber qué se está reconociendo antes de dar ese paso.

El precio de no preguntar

Antes de esta pregunta, hay otra: ¿cuál es el costo de no formular la pregunta? La trazabilidad conlleva un costo, en términos de tiempo y de capacidad técnica, y este es el argumento que normalmente se utiliza en su contra. El costo de dejarla de lado no desaparece solo porque no se mida y rara vez se calcula. Salta hacia el futuro y aparece cuando ya no queda espacio para corregir.

El primero es el riesgo de impugnación.

Un bono que se reconoce sin verificación puede estar en riesgo de ser relacionado con un expediente de lavado años después del cierre del canje, como ocurrió con Vagú una década después de la fundación de la sociedad mauriciana.

 Un intercambio soberano no es un pacto privado que se pueda cancelar. La aplicación de la doctrina exturpi causa non oritur actio, establecida por el tribunal del CIADI en el caso ARB/00/7, World Duty Free contra Kenia, que impide que ese reclamo aislado se considere nulo. Se cuestiona la legitimidad de todo el proceso de reconocimiento, lo que permite a otros acreedores o al propio Estado sucesor presentar una demanda para revisar la reestructuración completa.

El segundo es más serio y se debate con menos frecuencia. Si un instrumento con origen contaminado se intercambia por un nuevo bono respaldado por la república sin verificarlo, esa transacción no elimina la contaminación, sino que la desplaza a otro instrumento limpio. El Estado deja de ser víctima del esquema y, sin darse cuenta, se convierte en el elemento que lo completa. Es exactamente el mecanismo de lavado por sustitución, que Urbina Mendoza describe en su obra: “la sustitución del activo no borra su historia, la blanquea institucionalmente, con la fe pública del Estado como sello final”.

El tercero es más inmediato y se puede medir con mayor facilidad. La respuesta lógica de los operadores no es rechazar el canje si creen que parte de los bonos elegibles tiene un historial no verificado, sino pedir un descuento extra para cubrir el riesgo legal o reducir su participación mientras se aclara la situación.

Los custodios internacionales y los bancos corresponsales que manejan la liquidación también tienen su propia razón para reducir riesgos: si tienen dudas, bloquean o rechazan ISINs específicos en lugar de asumir riesgos regulatorios.

El canje se cierra técnicamente, pero sin la participación ni la liquidez secundaria que el mercado necesita para tratarlo como resuelto.

La falta de trazabilidad no evita el descuento. Lo traslada del proceso de verificación al precio y ahí lo termina pagando el propio Estado en forma de peor tasa de recuperación efectiva.

El cuarto es el más asimétrico de todos, porque no depende de nada que Venezuela o los acreedores hagan mal después del canje.

Depende de que una fiscalía como la española o una unidad de inteligencia financiera del Grupo Egmont, OFAC, inicie o reinicie una investigación sobre un intermediario que formó parte de la cadena de propiedad de un bono que ya fue canjeado.

 En su Advisory FIN-2019-A002, FinCEN ya alertó sobre este peligro en particular para Venezuela. Si la investigación ocurre después de que el canje ha finalizado, no solo se congela el activo. Cuando los agentes de pago y los fiduciarios procesan la liquidación sin requerir dicha verificación, se genera una responsabilidad potencial en cascada, lo que encarece y obstaculiza la participación futura de estas instituciones en cualquier proceso en Venezuela. Lo que une a los cuatro es el mismo desbalance.

 El costo de realizar la trazabilidad es limitado, se puede prever y se paga por anticipado: recursos, tiempo, capacidad técnica.

El costo de no realizarla es desconocido, abierto e impredecible y se paga más adelante, después de que el proceso ya ha terminado.

 El caso Vagú lo demuestra: una sociedad establecida en Mauricio en 2014 no mostró sus efectos patrimoniales hasta años después y mediante una jurisdicción que nadie habría previsto al momento de la constitución.

Pilar Cero no añade una carga al proceso de reestructuración. Es el seguro que evita que el proceso mismo termine siendo el eslabón que le faltaba a un esquema de lavado que empezó mucho antes de que el primer bono se presentara al canje y si unas joyas en Madrid pueden reabrir, años después, el rastro documental de una sociedad en Mauricio y de activos vinculados a un expediente estadounidense sobre fondos sustraídos de Pdvsa. Resulta difícil sostener que la historia patrimonial de los instrumentos que algún día se presenten para comprometer de nuevo el patrimonio de la república deba quedar fuera del examen.

Para reconocer, primero se debe comprender qué es lo que se está reconociendo y antes de preguntar cuánto cuesta hacer una pregunta, es mejor calcular cuánto cuesta no hacerla.

Lea también
Comentarios
Cargando...