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Seniat elimina vencimiento del RIF y simplifica trámites para los contribuyentes

La nueva providencia establece que el Registro Único de Información Fiscal ya no tendrá fecha de vencimiento. Los contribuyentes deberán mantener actualizado el RIF cuando existan cambios en su información fiscal. El Seniat también eliminó la homologación previa de sistemas informáticos para generar e imprimir facturas

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) eliminó la fecha de vencimiento del Registro Único de Información Fiscal (RIF), como parte de una medida orientada a simplificar los trámites para los contribuyentes.

La disposición quedó formalizada en la Gaceta Oficial N.º 43.435, correspondiente al 12 de agosto de 2026, mediante una nueva Providencia Administrativa del Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas.

El superintendente nacional aduanero y tributario, Román Maniglia, explicó que el RIF ya no caducará, aunque se mantiene la obligación de actualizarlo cuando sea necesario incorporar cambios relacionados con la información del contribuyente.

El RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente”, señaló Maniglia.

Según el Seniat, la modificación busca eliminar trámites considerados innecesarios y avanzar en la simplificación de los procedimientos tributarios.

La medida también contempla la derogación de la normativa que exigía la homologación previa de sistemas informáticos utilizados para la generación e impresión de facturas.

El organismo tributario indicó que este cambio elimina una barrera técnica que podía dificultar los procesos de formalización de contribuyentes y empresas.

Maniglia atribuyó las modificaciones a una instrucción de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, y aseguró que forman parte de una política de simplificación y facilitación de los trámites tributarios en el país.

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