Carlos J. Sarmiento Sosa | R2P sin coerción: la prueba de la geología
Los terremotos del 24 de junio de 2026 no sólo destruyeron infraestructura y vidas en Venezuela; también desordenaron la arquitectura político-jurídica diseñada por Washington y que se creía ya en ejecución, puesta en escena en un plan de tres fases —estabilización, recuperación, transición— como hoja de ruta para gestionar el futuro del país tras la extracción de Nicolás Maduro, con el control del petróleo venezolano y de la minería como piezas centrales.
Sin embargo, la irrupción de un desastre de gran magnitud ha demostrado que ningún programa, sea de transición o no, puede sostenerse si ignora la lógica propia de las tragedias producidas por la naturaleza, la asistencia humanitaria y la reconstrucción resiliente.
- El plan de tres fases de EE. UU.: estabilidad, petróleo y transición
Según lo explicado por el secretario de Estado Marco Rubio, las fases para Venezuela están dispuestas en tres etapas: una estabilización económica, una recuperación centrada en la reintegración al mercado global y una transición orientada a la normalización institucional y electoral. Este diseño exige un elemento clave: Estados Unidos mantendría indefinidamente el control del petróleo venezolano, destinando parte de esos ingresos —depositados y movilizados por el Departamento del Tesoro— a estabilizar la economía y compensar a petroleras estadounidenses por nacionalizaciones pasadas.
En términos jurídicos, el plan sugiere una combinación de tres elementos: control económico extraterritorial, tutela política y condicionalidad normativa. Venezuela podrá vender su crudo, pero sólo en la medida en que esas operaciones beneficien los intereses de seguridad nacional de Washington, con contratos con cláusulas compromisorias sujetos a jurisdicciones distintas de la venezolana; y al mismo tiempo, en términos político-sociales se dibuja una fase de recuperación institucional y reconstrucción de la sociedad civil que, al menos teóricamente, debería conducir a unas elecciones libres y competitivas.
- El terremoto como “cisne negro”: la emergencia imprevista
Los sismos de magnitudes 7,2 y 7,5 han colocado a Venezuela en una situación de catástrofe que modifica radicalmente sus prioridades: salvar vidas, atención hospitalaria, restablecer servicios esenciales y gestionar desplazamientos masivos de población se sitúan por delante de cualquier agenda de estabilización macroeconómica o estructura institucional e, incluso, de la transición hacia la democracia.
Ante la emergencia, la ONU ha activado un operativo internacional de emergencia, con equipos de búsqueda y rescate, recursos médicos y coordinación humanitaria, mientras la Unión Europea (UE) ha puesto en marcha su Mecanismo de Protección Civil y fondos humanitarios específicos y la Corporación Andina de Fomento (CAF) ha propuesto la creación del Fondo para la Recuperación y Reconstrucción de Venezuela.
Este giro, que evoca el “cisne negro” de Nassim N. Taleb, impone releer los principios jurídicos de humanidad, neutralidad e imparcialidad que guían la asistencia internacional, así como las obligaciones de derechos humanos (DDHH) en contextos de desastre, pues ellos han de ser el nuevo eje normativo. De hecho, organizaciones como Amnistía Internacional han insistido en que la respuesta debe adecuarse a estándares internacionales de DDHH, incluida la protección de miles de desplazados internos y grupos vulnerables; y la ONU, los organismos regionales, la Cruz Roja, las agencias especializadas y los Estados con capacidad operativa han articulado una respuesta conjunta inmediata que incluye accesos, aunque a veces arbitrariamente limitados, corredores humanitarios, el envío de personal de socorro, asistencia sanitaria, la evaluación técnica de los daños y mecanismos de supervisión para asegurar que la ayuda no sea manipulada ni bloqueada.
Si las autoridades cooperan, la intervención colectiva puede desplegarse con pleno respeto a la soberanía. Si no hay cooperación, la misma doctrina exige intensificar la presión y utilizar todas las vías institucionales disponibles para proteger a la población, como expuse en “Venezuela y R2P ante la tragedia del 24 de junio” en El Nacional, el 4 de julio de 2026.
- Sanciones, asistencia y soberanía
La emergencia ha reabierto un debate imprevisto: el impacto de las sanciones económicas sobre la capacidad del Estado venezolano para adquirir maquinaria, componentes eléctricos y suministros hospitalarios y médicos esenciales para la reconstrucción de los servicios de asistencia. Diversos analistas señalan que la suspensión o flexibilización de ciertas medidas sería necesaria para permitir una respuesta eficiente al desastre, lo que seguramente ha planteado un dilema político en Washington y Bruselas.
Desde el derecho internacional, la coexistencia de sanciones financieras y operaciones de ayuda masiva exige instrumentos claros de exención y licencias específicas, como ha hecho la OFAC al suspender temporalmente algunas restricciones precisamente para que se agilice la ayuda en la tragedia venezolana. De otro modo, la reconstrucción podría verse estrangulada por la propia arquitectura sancionatoria que pretendía presionar al régimen del procesado de Manhattan.
- Reescribir el guion: añadir fases y cláusulas
La experiencia internacional comparada en recuperación y reconstrucción post-desastre producto de terremotos, incendios forestales y tsunamis —Turquía, México, California, Chile, Japón— indica que las etapas no se reducen a estabilizar, recuperar y transitar; es imprescindible reconocer fases específicas de respuesta humanitaria, reconstrucción proactiva y gobernanza local reforzada. Por tanto, el plan de tres fases para Venezuela debería transformarse, de hecho, en un programa en el que la emergencia y la reconstrucción adquieran entidad propia y condicionen el éxito de la transición democrática posterior.
Simultáneamente, la contratación pública y privada para la reconstrucción requiere la celebración de contratos con expresas cláusulas anticorrupción efectivas —KYC, cumplimiento o compliance, auditorías independientes— que eviten repetir patrones de corrupción en la gestión de los recursos de los últimos 27 años por parte de la dictadura venezolana, con la complicidad o la cooperación de los que coloquialmente se califican como “enchufados”. La creación de fondos fiduciarios administrados con participación de organismos multilaterales, la publicación íntegra de contratos, el álgido tema de la protección jurídica de los denunciantes de corrupción y la garantía de la libertad de información e investigación son piezas necesarias para que la asistencia internacional no se convierta en un nuevo botín político o una vía para enriquecer a funcionarios y particulares corruptos.
- El papel de la UE y de los aliados europeos: entre la ayuda y la condicionalidad
La respuesta europea ha combinado asistencia humanitaria inmediata —equipos de rescate, fondos para salud, refugio, agua y saneamiento— con herramientas técnicas como la cartografía satelital de Copernicus para evaluar daños y orientar la reconstrucción. España, por su parte, ha activado ayuda de emergencia a través de la AECID y se perfila como puente político entre Caracas y Bruselas en la negociación de apoyos adicionales. De algo debe servir la Cumbre Iberoamericana de Naciones y los vínculos históricos, sociales y económicos siempre invocados por España y Portugal.
La UE aún no ha detallado un “plan de reconstrucción” cerrado; la falta de claridad sobre las cantidades necesarias y las programaciones a corto y a mediano plazo refleja la magnitud de la evaluación pendiente y la prudencia ante la situación política actual venezolana: cómo articular la tradicional defensa europea del concepto de Estado de Derecho con la flexibilidad necesaria para apoyar a un país devastado, y cómo integrar condicionalidades democráticas en los programas de reconstrucción sin obstaculizar la respuesta a necesidades básicas cuando la gestión administrativa del país es ilegítima.
- Conclusiones
La tragedia sísmica ha convertido a Venezuela en un repentino y complejo laboratorio donde se cruzan el derecho internacional y la posibilidad de poner en acción el R2P, la justicia transicional, la política energética y las normas anticorrupción a través de una buena gobernanza. Para la Administración Trump, la UE y los actores internos, el desafío sería reformular su plan de tres fases y admitir que, sin instituciones capaces de gestionar la emergencia y la reconstrucción, ninguna transición democrática será estable.
En este contexto, la comunidad jurídica —venezolana, norteamericana y europea— tiene un papel ineludible: diseñar los instrumentos contractuales, las cláusulas de transparencia y los mecanismos de control que permitan que la ayuda y la reconstrucción no se conviertan en un nuevo ciclo de expolio. El futuro democrático de Venezuela dependerá, en buena medida, de un diseño jurídico capaz de convertir la solidaridad internacional en capacidad institucional duradera, pacífica, que permita el desarrollo económico y social de los ciudadanos, y no en otra ocasión perdida, como el tiempo transcurrido en lo que va de la centuria.
