Antonio Bermúdez | La necesidad de una revolución tributaria municipal: el fin de la autoliquidación como dogma de fe
Durante décadas, los municipios han actuado como meros espectadores pasivos del proceso recaudatorio del impuesto a las actividades económicas. Han confiado, con una ingenuidad casi conmovedora, en la buena voluntad de los contribuyentes para declarar voluntariamente sus ingresos.
El principio de autoliquidación, pensado originalmente como un mecanismo de simplificación y agilización de trámites administrativos, se ha convertido en la coartada perfecta para el fraude fiscal a escala municipal. Mientras las empresas declaran lo que les conviene, los municipios carecen de los recursos para financiar servicios básicos. Esta contradicción es insostenible.
Las ordenanzas otorgan a los municipios la facultad de comprobación e investigación tributaria, pero rara vez se utiliza con la contundencia necesaria. ¿Por qué seguir mendigando declaraciones juradas, cuando la información real del negocio está disponible en las cuentas bancarias?
La revolución tributaria que propongo es radical, pero jurídicamente impecable y viable: los municipios deben ejercer su autonomía y su poder de imperio para exigir a las entidades bancarias el reporte mensual y detallado de todos los ingresos que reciben las empresas inscritas como contribuyentes y radicadas en su territorio. No se vulnera con ello el secreto bancario; muy por el contrario, el artículo 87 de la Ley de las Instituciones del Sector Bancario, en su numeral 2, prevé que el secreto bancario no rige cuando quien solicita la información al banco es la Administración Tributaria. Además, se trata de establecer un deber de colaboración obligatorio entre instituciones financieras y administraciones locales.
El modelo actual, basado en declaraciones anuales o trimestrales, es anacrónico. La tecnología permite hoy la verificación en tiempo real. Imaginemos un sistema donde el municipio cruce automáticamente los datos de ingresos bancarios de cada contribuyente con su autoliquidación. La discrepancia saltaría al instante. No habría que esperar meses ni años para detectar el fraude.
Esta inmediatez transformaría por completo la relación entre el contribuyente y el fisco municipal. Cuando el empresario sabe que el municipio puede confrontar sus ingresos reales con su declaración en cuestión de horas o días, la tentación de defraudar disminuye drásticamente.
Llegados a este punto, debemos afrontar la estrategia más común de los defraudadores: la desviación de cobros a cuentas personales. El empresario deshonesto simplemente indica a sus clientes que realicen los pagos mediante transferencias directas o pago móvil a su cuenta personal, y luego declara que la empresa no ha facturado nada, o muy poco.
Ante esta práctica generalizada, los municipios deben atreverse a rasgar el velo corporativo. Si la actividad económica es empresarial, pero los ingresos se canalizan a una cuenta personal, esa cuenta debe ser considerada a todos los efectos como una extensión patrimonial de la empresa. No se trata de confiscación arbitraria, sino de aplicación del principio de la realidad económica sobre la forma jurídica.
La jurisprudencia comparada respalda esta postura. Cuando la separación entre patrimonio empresarial y personal es meramente formal y se utiliza con fines defraudatorios, el ordenamiento jurídico permite penetrar esa barrera ficticia. Los municipios tienen la obligación de hacerlo.
Seguramente se dirá que esta propuesta resulta “recaudadora” o “agresiva”. Pues bien, exactamente de eso se trata. Durante demasiado tiempo se ha confundido la cortesía fiscal del municipio con la ineficacia recaudatoria. Una verdadera cultura tributaria no nace de la buena fe, sino de la certeza de que el incumplimiento será detectado y sancionado.
No es justo que, después de que el municipio otorga exoneraciones, rebajas, exenciones y demás beneficios tributarios, a los fines de que los empresarios y comerciantes reticentes cumplan su compromiso ciudadano con el municipio, finalmente, además, paguen lo que les place. Y no se trata de perseguir a nadie. Se trata de enterar al fisco municipal lo que corresponde. Ni más, ni menos.
Los países con mayor disciplina fiscal no son aquellos donde los contribuyentes son más honestos, eso no existe, sino donde los sistemas de verificación son más efectivos. Esta es la lección que los municipios venezolanos deben interiorizar.
La crisis de financiación municipal no se resuelve con aumentos de tipos impositivos y sus alícuotas, ni con parches administrativos. Se necesita una revolución estructural: pasar de un sistema basado en la declaración voluntaria a otro fundamentado en la verificación objetiva de los ingresos bancarios.
El poder de imperio tributario municipal no puede seguir siendo una declaración de principios vacía. Está en juego la supervivencia misma del estado de bienestar a nivel local, a nivel de la ciudad. Los municipios tienen las herramientas legales; ahora solo falta la voluntad política de los alcaldes y los intendentes tributarios para implantarlas sin complejos. La ciudadanía, que soporta el fraude de unos pocos mientras ve cómo se deterioran los servicios públicos, lo agradecerá. Y los contribuyentes honestos, que hoy compiten en desigualdad con los defraudadores, también.
.
