El diario plural del Zulia

TSJ en el exilio declara “falta absoluta” en la presidencia de la República

También se declara “nulo e írrito” el proceso de votación presidencial del pasado 20 de mayo

En la sentencia emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en el exilio declara "falta absoluta" en la presidencia de la República e insta a la Asamblea Nacional (AN), a proceder de forma "urgente" para "llenar el vacío" del mandatario venezolano.

La causa que se inició a solicitud de la exfiscal,  Luisa Ortega Díaz el pasado 19 de febrero dictó sentencia declarando el pasado 9 de abril indicando que habían suficientes méritos para iniciar un enjuiciamiento a Nicolás Maduro Moros por la presunta comisión de los delitos de Corrupción Propia y Legitimación de Capitales.

El primer mandatario presidencial del país fue suspendido en el ejercicio del cargo e inhabilitado en el ejercicio de sus derechos políticos por orden de la ley penal especial”, declara la magistratura en el exilio.

El TSJ ratifica esta sentencia, luego de notificar a la AN y se determinó que existe un “vacío institucional en el Poder Ejecutivo” tras la suspensión e inhabilitación de Nicolás Maduro, en el ejercicio de sus derechos políticos por orden de la ley penal especial.

El poder judicial en el exilio, también declara como “nulo e írrito” el proceso electoral del pasado 20 de mayo, y ordena a la AN el cumplimiento de esta sentencia y para que proceda de manera “urgente a llenar el vacío” de la presidencia de la República.

 

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