Silencio del BCV es caldo de cultivo a la especulación

Por “elementos atípicos” luego del histórico Dakazo, el Banco Central de Venezuela (BCV) empezó a quedar moroso a inicio de cada mes cuando se acostumbraba a ofrecer las cifras del comportamiento de las variables macroeconómicas del país.
El silencio que empezó a extenderse por tres meses en aquel 2013 de regulación de precios y expropiaciones de comercios de electrodomésticos, luego tardó ocho meses a la espera de un número oficial en el 2014, mientras que el año pasado, el órgano financiero quedó mudo por todo el período, y en el presente, parece repetir el comportamiento.
Para el economista Adalberto Zambrano, presidente de Instituto de Gerencia y Estrategia del Zulia (Igez), la carencia de estos datos estadísticos alimentan el “ambiente nebuloso que tiene el país” actualmente, el cual di- culta la toma de decisiones y agrega mayor incertidumbre y preocupación.
¿Hacen falta las cifras?
El especialista en Administración de Empresas explica que las decisiones empresariales como inversiones, inventarios, producción, planificación del negocio, entre otras, parten del comportamiento de la inflación y el Producto Interno Bruto (PIB), “si la inflación crece, evidentemente eso me va a impactar en el negocio y debo tomar previsiones, sino la conozco, no se cómo actuar en el mercado”, decía Zambrano.
Venezuela, hasta el 2015, contaba tres años con una economía en decrecimiento, por lo que Zambrano indica que el empresario necesita saber si este año seguiríamos en el mismo escenario. “Si eso es así, cuando el PIB es negativo, las ventas bajan también. Eso es una relación directa. Al bajar la producción, bajan las ventas en el país, y eso repercute en toda la economía”.
Especulación
No sólo las empresas ameritan de esta data, pues a juicio del economista, el ciudadano de a pie también es merecedor de los números que lo ayudarán a enfrentarse a un mercado que a diario acelera sus precios de forma especulativa.
“Este silencio es un caldo de cultivo para acrecentar la incertidumbre, y eso incide en la costumbre de especulación, se tiende a generar ola de información que muchas veces no responde a la verdad, pero sucede por la ausencia de información real y cierta”, por lo que concluyó que “la especulación termina ofreciendo las cifras con las que se mueve el mercado”.
¿Silencio ilegal?
La economista Ada Quesada asegura que “existe una costumbre de emitir cifras, pero realmente no es una obligación jurídica”, por lo que justificó que se silencien los números que de acuerdo a su lectura, son mal utilizadas por parte de las calificadoras de riesgo.
"El Gobierno tiene razón de decir ‘no voy a seguir tus lineamientos’, aunque yo como economista no lo haría, pero tampoco considero que sea un error del BCV”. Defendió que el Estado venezolano no ha dejado de pagar sus deudas, incluso en el 2002 cuando habían mermado considerablemente las reservas.
Haciendo uso del artículo 143 de la Constitución, el abogado constitucionalista Juan Berrios se re rió al “derecho al acceso de la información pública (…) Cualquier asunto que resulte de interés cívico general, y que además sirva para proyectar y tomar ciertas decisiones, es preciso conocer de este tipo de información”.
Al desconocer la Constitución, Berrios acotó que algunos actores han intentado a través del “amparo al derecho de la transparencia”, emitir acciones judiciales con el propósito de obligar a develar los valores, pero el TSJ no ha dado una respuesta oportuna sobre ese tema.
Además la Ley de Impuesto sobre la Renta establece en su artículo 193, el deber que tiene el BCV, de publicar dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, la variación del INPC, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 31 de la Ley del BCV, y en la Resolución Nº 08-04-01, de fecha 3 de abril de 2008, emitida por el propio organismo.
Propuesta
Organizaciones como Espacio Público y Transparencia Venezuela han presentado ante el poder legislativo, un anteproyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La propuesta primeramente fue elevada al TSJ, pero fue desestimada en sentencia N° 935, alegando que los demandantes no tenían pruebas suficientes de las gestiones realizadas para obtener del BCV los datos requeridos.