Más de Bs. 10 millones deberán cancelar de multa quienes tengan el RIF vencido

Más de 10 millones de bolívares deberán cancelar en multa las personas o empresas que no cuenten o tengan desactualizado el RIF en Venezuela.
Así lo establece la reforma del Código Orgánico Tributario de la Ley de Impuesto al Valor Agregado aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y publicada en Gaceta Oficial el 29 de enero.
De acuerdo con el artículo 100 de esa normativa se establecen dos sanciones vinculadas con la actualización de los datos en el Registro de Información Fiscal.
No actualizar el RIF dentro de los plazos establecidos supone una multa de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV). ¿Cuál es la moneda de mayor valor? Dependerá del día, de la fluctuación de las monedas en el mundo y además de la referencia que se utilice.
Por lo general, la moneda de mayor valor es el euro, que este 4 de marzo se cotiza en 82.721 bolívares. Es decir, la multa sería de un equivalente a Bs. 12.408.150.
En el caso de las personas que no se inscriban en el plazo establecido o proporcionen información falsa, deberán cancelar un total de 50 unidades. En bolívares serían 4.136.050.
Mientras que quienes no actualicen sus datos del RIF a tiempo tendrán que cancelar 100 unidades, un monto de 8.272.100 bolívares.
El RIF está vigente durante tres años contados a partir de la fecha de emisión y su renovación deberá realizarse en un lapso no mayor a 30 días hábiles después de su vencimiento.
Leonardo Palacios, ex presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, indicó en una entrevista con Unión Radio que la reforma sustituyó la unidad tributaria por la unidad de la divisa de mayor cotización en el BCV.
Además, cuestionó la falta de transparencia y seguridad jurídica sobre cuál es la divisa a utilizar.
Palacios destacó que las personas jurídicas que tengan vencido el RIF, recibirán adicionalmente otra sanción, que equivale a la clausura de su establecimiento comercial y para ser abierto nuevamente deberán solicitar a autorización a la Administración Tributaria, cuyo procedimiento pudiera tardar hasta un mes.