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La incomunicación de presos políticos: otra forma de tortura que se practica en Venezuela

Organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), junto a organizaciones locales y defensores de presos políticos, han documentado cómo el Estado utiliza el aislamiento no solo como medida administrativa, sino como política sistemática. Al negar acceso a abogados privados y limitar las visitas familiares, se vulneran garantías procesales básicas que corresponden a cualquier persona detenida

La detención de un opositor o activista en Venezuela suele marcar el inicio de un periodo de incertidumbre para el detenido y sus familiares. En la mayoría de los casos vinculados a motivos políticos, los cuerpos de seguridad del Estado restringen el contacto del aprehendido con el mundo exterior durante las primeras horas o días, dificultando así la posibilidad de una defensa legal temprana.

Esta práctica de incomunicación, ampliamente cuestionada por normas internacionales de derechos humanos como las Reglas Mandela y Bangkok, busca quebrar la voluntad de los detenidos antes de su primera comparecencia ante las autoridades judiciales.

Organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), junto a organizaciones locales y defensores de presos políticos, han documentado cómo el Estado utiliza el aislamiento no solo como medida administrativa, sino como política sistemática. Al negar acceso a abogados privados y limitar las visitas familiares, se vulneran garantías procesales básicas que corresponden a cualquier persona detenida.

Desde 2024, estas organizaciones han señalado que este patrón ha servido para imponer defensores públicos a los prisioneros, quienes en muchos casos actúan más en favor del Estado que del acusado.

Para dimensionar estas violaciones, Efecto Cocuyo conversó con Kelvi Zambrano, director de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia, quien advierte que el aislamiento funciona como una práctica inconstitucional destinada a quebrar la integridad moral de los detenidos.

En una entrevista telefónica, el jurista explicó que esta práctica contraviene tratados internacionales suscritos por Venezuela y coloca a los ciudadanos bajo custodia en un estado de indefensión que anula sus garantías procesales.

El aislamiento anula la defensa y la integridad

Zambrano señala que la incomunicación atenta contra el orden constitucional venezolano al afectar directamente la dignidad del procesado. Subraya que estas acciones vulneran derechos humanos que el Estado está obligado a garantizar y aclara que la prohibición del aislamiento busca proteger la salud física y mental del detenido frente al poder coercitivo de los cuerpos de seguridad.

La prohibición de incomunicación y aislamiento tiene como finalidad proteger la integridad física, psíquica y moral de una persona. A la luz de nuestra Constitución, es un acto inconstitucional, y el remedio procesal para restablecer este derecho vulnerado es la presentación de un amparo. El habeas corpus, que es un amparo, protege la libertad y seguridad personal", afirma.

La Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia ha llevado estos casos a tribunales mediante amparos en situaciones emblemáticas, como las de los presos políticos Biaggio Pirelli y Freddy Superlano.

Zambrano sostiene que el aislamiento prolongado constituye maltrato y que esta práctica se convierte en un delito que compromete la humanidad del detenido.

Nuestro sustento legal se basa también en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Informes de relatores internacionales consideran que la incomunicación coactiva y el aislamiento prolongado afectan psicológicamente y, eventualmente, físicamente a la persona. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Velázquez Rodríguez versus Honduras, establece que la incomunicación por más de 48 horas constituye trato cruel, degradante e inhumano", enfatiza.

Cifras de una desaparición silenciosa

El problema se refleja en estadísticas recientes de organizaciones civiles sobre detenidos por motivos políticos en Venezuela. Según Foro Penal, actualizado al 17 de noviembre de 2025, hay 884 presos políticos, de los cuales 768 son hombres y 116 mujeres.

El dato más preocupante es la categoría de "desaparición forzada" dentro del sistema penitenciario, donde se estima que al menos 59 personas se encuentran en esta situación.

Estos ciudadanos, aunque bajo custodia del Estado, no aparecen en registros oficiales, y sus familiares no logran obtener información sobre su paradero, constituyendo una forma de incomunicación y desaparición forzada.

El defensor de derechos humanos explica que la falta de transparencia impide verificar el estado de salud de los reclusos y facilita la impunidad de los funcionarios, ya que sin registros claros el Estado elude responsabilidades sobre la integridad física de los detenidos.

Estándares internacionales ignorados

La ONU establece directrices claras sobre el trato a personas detenidas. Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) indican que todo detenido debe poder comunicarse periódicamente y de manera confidencial con su familia y defensa.

La ONU considera que el aislamiento prolongado, superior a 15 días, constituye trato cruel, inhumano o degradante y debe prohibirse en cualquier circunstancia.

La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, en su informe de septiembre de 2025, alertó sobre un aumento de la persecución política desde las protestas post-electorales, incluyendo desapariciones forzadas de corta duración.

Un informe de Provea, publicado en diciembre de 2024, documenta el colapso de los servicios básicos en centros de detención preventiva y cárceles comunes. Señala que la escasez de agua potable obliga a los detenidos a depender del suministro que logran introducir sus familiares durante las visitas, mientras que la alimentación provista carece de valores nutricionales y a menudo llega en estado de descomposición, debilitando la salud de los presos.

Además, el hacinamiento crítico y la falta de higiene han facilitado la propagación de enfermedades como tuberculosis y escabiosis, que permanecen sin tratamiento ante la ausencia de personal médico calificado, según el Observatorio Venezolano de Prisiones y Una Ventana a la Libertad, que documentan estas condiciones desde hace más de una década.

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