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Espacio Público exige conocer el paradero de Carlos Correa tras cuatro días detenido

“¡Responsabilizamos al Estado por la integridad física de Carlos!”, escribió Espacio Público. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) aprobó medidas cautelares a favor de Correa y aseguran que "se encuentra en una situación de gravedad y urgencia al desconocerse a la fecha su paradero"

La ONG Espacio Público pidió una vez más la liberación de su director ejecutivo, Carlos Correa, quien fue detenido este martes 7 de enero en Caracas.

“Seguimos sin saber el paradero de nuestro director Carlos Correa desde que cinco sujetos sin identificación se lo llevaron el martes #7ene a las 5:00 pm”, escribió la organización en X.

Familiares y compañeros de trabajo de Carlos desconocen su paradero desde que fue interceptado por cinco hombres encapuchados en la ciudad capital.

“¡Responsabilizamos al Estado por la integridad física de Carlos!”, escribió Espacio Público.

Correa estaba al frente de Espacio Público, una organización no gubernamental que se dedica a la defensa y promoción de derechos como la libertad de expresión y la libre asociación. Es defensor y periodista, profesor universitario y es investigador del Centro de DD. HH. de la Universidad Católica Andrés Bello (Ucab) y miembro de la asamblea permanente de Provea.

Estasemana la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) aprobó medidas cautelares a favor de Correa.

“La Comisión consideró que Carlos José Correa Barros se encuentra en una situación de gravedad y urgencia al desconocerse a la fecha su paradero, condiciones de detención y estado de salud, luego de su detención el 7 de enero de 2025″, reza el comunicado de la organización.

También exigieron al Estado venezolano, en su escrito, los siguientes términos:

  1. Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Carlos José Correa Barros. En particular, informe de manera oficial si se encuentra bajo custodia del Estado y las circunstancias de su detención; o bien, de las medidas tomadas a fin de determinar su paradero o destino.
  2. Implemente las medidas necesarias para que la persona beneficiaria pueda desarrollar sus actividades de defensa de derechos humanos sin ser objeto de amenazas, declaraciones estigmatizantes y descalificadoras, hostigamientos o actos de violencia.
  3. Establezca las medidas necesarias para asegurar que las condiciones de detención del beneficiario sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia, entre ellos: se garantice el contacto regular y acceso con sus familiares, sus abogados y representantes.
  4. Se informe de manera oficial sobre la situación jurídica del beneficiario en el marco del proceso penal en el que estaría involucrado, tal como las razones por las que no ha sido puesto en libertad hasta la fecha, y si ha sido presentado a un tribunal para revisión de su detención.
  5. Se realice inmediatamente una valoración médica sobre su situación de salud y se garantice acceso a atención médica necesaria; concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes; e informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la presente resolución y así evitar su repetición.
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