Ceballos y Scarano, los políticos venezolanos que pagaron prisión por desacato al TSJ

El Tribunal Supremo de Justicia estableció a través de la Sala Constitucional un procedimiento especial para sancionar con prisión a aquellas personas que desacaten una orden emitida por el mismo. Tal fue el caso de los dirigentes políticos Daniel Ceballos y Vincenso Sacarano, quienes para 2014 figuraban como alcaldes de distintas entidades.
El caso de Ceballos, quien fue candidato presidencial en las elecciones del 28 de julio, se conoció gracias a un artículo de Últimas Noticias, donde detallaron cómo se vio encarcelado durante 12 meses tras ser declarado en desacato ante el Palacio de Justicia.
“El gocho Ceballos”, como es conocido en redes sociales, ejercía como alcalde de San Cristóbal, en Táchira, para 2014. El 17 de marzo, en medio de las protestas antigubernamentales que se registraron en la época, la Sala Constitucional le ordenó limpiar las vías del mencionado municipio que estaban bloqueadas por grupos dedicados a las manifestaciones.
Ocho días después de ese mandato, la Sala Constitucional convocó a una audiencia para verificar si Ceballos había cumplido con lo que le ordenaron. Esa audiencia se celebró el 25 de marzo de 2014 en el máximo tribunal de Venezuela. En la misma, el tribunal confirmó que Ceballos no acató la orden emitida.
“La conducta desplegada por el ciudadano Daniel Ceballos encuadra en el supuesto de hecho del precepto establecido en el artículo 31 de la referida Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, pues desacató lo que le ordenó esta Sala”, determinó la Sala en la sentencia 263, la cual, también dictó 12 meses de prisión para el entonces burgomaestre.
Solo un mes después se registró un caso similar. Vicencio Scarano, quien para el momento era alcalde de San Diego, en Valencia, habría recibido orden de “la inmediata remoción de los obstáculos ubicados en varias vías públicas que se encuentran en el municipio, especialmente en la avenida Don Julio Centeno”, todo en el contexto de las protestas.
El 9 de abril de ese 2014, los magistrados convocaron al alcalde Scarano a una audiencia para evaluar si había cumplido o no el mandato emitido un mes antes. Efectivamente, la Sala determinó que el alcalde Scarano incurrió en “omisión de acciones tendentes a prevenir desórdenes públicos”.
Tanto Scarano como el jefe de seguridad del municipio San Diego, Salvatore Luccese fueron destituidos en esa audiencia y condenados a cumplir la pena de 10 meses y 15 días de prisión, según sentencia 245.
“La realización de este procedimiento llevado a cabo en ejercicio de la potestad sancionatoria de la jurisdicción constitucional no se contrapone a la competencia penal del Ministerio Público”, aclaró la Sala Constitucional.
Los casos los comparan con la declaración de desacato realizada por el TSJ este sábado contra Edmundo González, a quien acusaron de desobedecer la convocatoria realizada para presentarse ante el tribunal el pasado miércoles en el contexto del recurso contencioso electoral introducido por el presidente Maduro tras las elecciones presidenciales del 28 de julio.
Al respecto, los magistrados señalaron que González “no cumplió con la consignación de las actas de escrutinio, el listado de testigos ni material electoral alguno”. Hasta ahora, no han mencionado de forma específica si se aplicará una sanción como en el caso de Ceballos o Scarano.