A la Doctrina Trump no le interesa la Constitución de Venezuela
Tras cumplirse este viernes los 90 días desde que Nicolás Maduro fue capturado y extraído de Venezuela, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Asamblea Nacional (AN), el Consejo Nacional Electoral (CNE), guardan silencio en relación con las disposiciones establecidas por la Constitución Nacional para relevar al hijo político de Hugo Chávez, hoy bajo un proceso judicial en una prisión federal de Brooklyn, Nueva York.
Si bien el artículo 234 de la Constitución fija un máximo de 90 días de ausencia temporal, prorrogables por otros 90, durante los cuales el vicepresidente puede asumir provisionalmente, tal como ha ocurrido con Rodríguez, una vez vencido ese plazo, corresponde a la AN determinar la falta absoluta. Pero como era de esperarse eso no sucedió.
La Doctrina Trump, que tutela a Rodríguez en el poder y la maneja como títere y modelo a seguir en países como Irán o Cuba, ampara el manejo de la Constitución como si se tratara de plastilina, algo de lo que en el chavismo saben bien.
Joel García, abogado, especialista en derecho penal, expone que al inventar la figura de la “falta forzosa”, el Poder Judicial no interpreta la ley sino que la reforma de forma ilegal.
Se salta el principio de taxatividad: los supuestos para sustituir a un presidente son cerrados y no pueden ser inventados al gusto del intérprete judicial”, detalla e insta al TSJ, la AN, el CNE y al Consejo Moral Republicano, a restablecer el orden constitucional y aplicar los mecanismos previstos en la Carta Magna para resolver situaciones de ausencia presidencial prolongada.
García, profesor universitario y doctor en Ciencias de la Educación, sostiene que el peligro real es que la falta absoluta obliga a elecciones en 30 días.
La falta temporal tiene un tope de 180 días. Pero la falta forzosa no tiene límites. Es un cheque en blanco para mantener una presidencia interina de forma indefinida y sin votos”, cuestiona.
Para García la posición asumida por los poderes agrava la crisis institucional, porque el CNE, lejos de preparar un cronograma electoral transparente o la Asamblea Nacional, declarar el abandono del cargo, hacen mutis, mientras se registra a la luz de todos, un fraude a la Constitución.
Se usa una terminología académica compleja para ocultar una realidad simple, se está evitando que el pueblo decida, eliminando la alternabilidad y perpetuando un interinato sin control ni fecha de vencimiento”, advierte en sus redes sociales.
Trump quiere a Delcy en el poder
En consonancia con lo planteado por García, el Centro de Justicia y Paz (Cepaz) exige a los poderes públicos que fijen posición. “No pronunciarse equivale a dejar en suspenso el orden institucional”, advirtió el Cepaz subrayando que la Constitución no solo exige presencia física del presidente, sino capacidad real de ejercer el poder.
El artículo 233 establece que, declarada la falta absoluta, deben convocarse elecciones presidenciales en un plazo de 30 días. Para Cepaz, este mecanismo no es un formalismo, sino la vía democrática para corregir una ruptura en el ejercicio del poder. “El país no puede sostener indefinidamente una institucionalidad sin definiciones claras”, señaló la organización, alertando sobre el riesgo de normalizar la excepcionalidad.
Laura Dogu, encargada de negocios de los Estados Unidos en Venezuela, y el propio Marcos Rubio, secretario del Departamento de Estado de los EE. UU., se mantienen al margen. Trump no quiere debates y mucho menos elecciones presidenciales en este momento.
El Cepaz plantea que la discusión no se limita a la ausencia física de Maduro, sino a la erosión progresiva de la capacidad efectiva de ejercer la jefatura del Estado. En su análisis, la Presidencia “no puede quedar vaciada de contenido real”, y la situación actual plantea justamente ese problema.
A Trump no le importa.
Pablo Aure, abogado y magíster en Ciencias Penales, crítico con las posiciones de la Casa Blanca frente a Venezuela, va más allá y sostiene en la red social X que tras cumplirse los 90 días de la ausencia de Maduro el debate no es si la falta o ausencia es forzada o no, sino la duración de la temporalidad. En su opinión, o en la práctica, el TSJ inventa una prórroga inédita de lo que califica como ausencia forzada.
Si bien es cierto que las faltas (ausencias) pueden ser voluntarias o involuntarias eso es inoficioso para el asunto que nos ocupa, ya que no es el motivo de la falta sino el tiempo de la ausencia. Y es lógico porque la continuidad administrativa no debe suspenderse por alguien que ocupe un cargo”, señala.
Aure está bastante claro y por ello critica a Trump: “No basta con acuerdos a puerta cerrada; necesitamos legitimidad. Que Estados Unidos siga operando…pero con personas electas por los ciudadanos”.
Comedia jurídica
Más allá de los intereses de Trump, Saverio Vivas, activista social, en el artículo de opinión La farsa constitucional: Maduro no volverá y todos lo saben, asegura que el régimen venezolano insiste en mantener una “comedia jurídica” que ya nadie cree.
Nicolás Maduro no regresará al poder. Su futuro no está en Miraflores, sino en un tribunal federal estadounidense, donde enfrenta cargos de narcoterrorismo que, según declaraciones del propio presidente Donald Trump, representan apenas ‘una fracción’ de las acusaciones que podrían llevarlo a pasar el resto de su vida en prisión”.
Explica que el artículo 233 de la Constitución es claro. Entre las faltas absolutas del Presidente figura el abandono del cargo, declarado por la Asamblea Nacional. Tras ser capturado por fuerzas estadounidenses, trasladado a otro país y sometido a un proceso penal que promete ser largo y con alta probabilidad de condena, añade, Maduro ha abandonado de facto sus funciones.
Sin embargo, el TSJ, en una interpretación que roza lo cantinflesco, sostiene que Maduro ‘no está, pero sigue en el cargo'”. Al mismo tiempo, ese mismo tribunal no ha dudado en contradecirse y ordenar que Delcy Rodríguez asuma como presidenta encargada ‘para garantizar la continuidad administrativa’".
Esta acrobacia jurídica revela el nudo del problema, sostiene Vivas, quien atribuye al chavismo no querer reconocer la falta absoluta porque hacerlo obligaría a convocar elecciones en 30 días, tal como manda la Carta Magna cuando la ausencia se produce en los primeros cuatro años del período constitucional.
Sin embargo, Vivas no menciona los intereses de Trump, en su estrategia por utilizar a Venezuela como eslabón en el marco de la crisis petrolera mundial por la guerra en Irán.
