William Santana | La amenaza nuclear rusa y el TNP

En marzo del 2022, con asombro, incredulidad, escepticismo o preocupación el mundo observó el video transmitido en las televisoras en el cual aparece Putin ordenando a su Ministro de Defensa activar el high alert de su arsenal nuclear, es decir, la posibilidad de realizar un ataque nuclear en tiempo real en el marco de su fallido Blitzkrieg en Ucrania.
A partir de ese momento el mandatario ruso ha hablado repetidamente sobre su disposición a emplear armamento nuclear.
Sus amenazas van desde que se pudiera usarlas si se ve afectada su soberanía e independencia hasta que occidente aumente su implicación en la guerra en Ucrania. Ello ha ido acompañado de declaraciones sobre el inicio de ensayos con armas tácticas, el desarrollo de misiles hipersónicos, el traslado de misiles a Bielorrusia y su negativa a renegociar los acuerdos con Estados sobre la materia.
Al finalizar la Segunda Guerra, la comunidad internacional y en particular las potencias vencedoras, crearon de manera firme y progresiva todo un marco legal referido al uso bélico de la energía nuclear, desde la piedra angular del desarme que es el Tratado de No Proliferación Nuclear, los tratados bilaterales sobre misiles de diferente alcance (START INFC), el Tratado sobre la Prohibición total de los Ensayos Nucleares (CTBT), las diversas resoluciones sobre la materia en la Primera Comisión ONU en Nueva York así como la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la ilegalidad del uso de las armas nucleares. Igualmente se creó la Organización Internacional de Energía Atómica con sede en Viena para promover y controlar el uso pacífico del material nuclear, así como evitar la proliferación a través del enriquecimiento de dichos materiales. Es decir, se creó todo un compendio de obligaciones legalmente vinculantes y otros de carácter político-moral sobre este asunto, todos ellos convenidos por las potencias nucleares y la casi totalidad de la comunidad internacional.
Teniendo en cuenta que Rusia es uno de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, con sus amenazas, el señor Putin está en el límite de derribar la arquitectura del desarme y control de armamentos nucleares bajo la nueva doctrina de política exterior rusa que ve a occidente como un enemigo y por consiguiente el cambio de la misma manera en la doctrina militar, en particular lo que se refiere a las armas atómicas.
En efecto, con sus declaraciones está violando dos preceptos surgidos de la Guerra Fría y acordados de manera explícita por las cinco potencias nucleares reconocidas en el Tratado de No Proliferación Nuclear, piedra angular del sistema: La de las garantías negativas de seguridad y las del primer ataque que han estado acompañadas o sustentada de manera doctrinaria en la disuasión producto de la seguridad de la destrucción mutua asegurada al activarse un misil. Las llamadas garantías negativas de seguridad que consisten en un compromiso de los Estados poseedores de armas nucleares (EDAN) a no recurrir ni amenazar con recurrir a las armas nucleares contra Estados del grupo ENDAN (No nucleares) y en no ser el primero en realizar un ataque a un estado nuclear.
En este contexto, la amenaza de Putin, aunada a la demanda de que los Estados Unidos retiren su armamento nuclear en Europa, las declaraciones de Lavrov diciendo que las sanciones son una alternativa a la tercera guerra mundial con efectos devastadores, lo colocan en una zona gris de violación a sus compromisos legales anunciando un gran riesgo para la supervivencia de la humanidad.
La reciente visita de un submarino nuclear ruso a La Habana y el avión con capacidad nuclear que aterrizó en Maiquetía también están dentro de una zona gris de la legalidad de estas actividades toda vez que Latinoamérica, incluida Cuba, forman parte del Tratado de Tlatelolco mediante el cual esta región fue declarada “Zona libre de armas nucleares”, siendo depositado dicho tratado en la ONU y el OIEA. Por lo pronto Rusia se encuentra en violación flagrante del artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas referido a la prohibición de la amenaza o al uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
En ese contexto durante la revisión del Tratado de Proliferación Nuclear en el 2026, además de tratar lo casos de los aumentos del arsenal chino y las situaciones de Corea del Norte e Irán el TNP tiene como finalidad es la consecución de tres objetivos: controlar la propagación de armas nucleares de los países que no forman parte del grupo P5 (Estados Unidos, Rusia, Reino Unido, Francia y China) y que, en aquel momento, ya habían realizado pruebas nucleares; negociar la reducción de arsenales nucleares, con el fin último de su total erradicación; y compartir los beneficios de las aplicaciones nucleares pacíficas.
Sin embargo, los cambios en el sistema internacional imponen el tratamiento de las actividades como las que persiguen China y Rusia. Actualmente se encuentra reunido un Grupo de Trabajo que está tratando estos asuntos antes de la Comisión Preparatoria de 2026 con el propósito de mejorar y reforzar el proceso de revisión del Tratado y teniendo en cuenta que aún faltan dos años para que se produzca dicho encuentro roguemos porque en su agenda no aparezca el tratamiento de un ataque o más producto de la insania del Sr. Putin.
Esperemos también que con un nuevo gobierno electo a partir del 28-J, Venezuela pueda participar de manera constructiva en esa reunión, demostrando nuestros tradicionales valores en favor de la paz y el respeto del derecho internacional y retomar el liderazgo que una vez tuvimos en los temas relacionados con el desarme y control de armamentos.
Los papeles del CREM
Espa
Los papeles del CREM, aspiran ser un reflejo del pensamiento político, económico de la Venezuela actual y de la Venezuela del futuro
Editado por los Papeles del CREM, 10 de julio del año 2024. Responsable de la edición: Raúl Ochoa Cuenca. [email protected]m