Amin Rivas Hernández | El principio de la Responsabilidad de Proteger (R2P)
El principio de la Responsabilidad de Proteger (R2P) es una normativa internacional adoptada para prevenir y actuar ante crímenes graves como el genocidio, crímenes de guerra, limpieza étnica y crímenes contra la humanidad. Se adoptó formalmente en el 2005, en la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas.

La Responsabilidad de Proteger (R2P) se fundamenta en tres pilares principales que son:
Responsabilidad del Estado: Es una obligación fundamental proteger a sus ciudadanos de crímenes atroces.
Asistencia Internacional: La comunidad internacional tiene el deber de ayudar a los Estados a cumplir con sus responsabilidades, ofreciendo soporte y fortalecimiento de capacidades.
Intervención Internacional: Si un Estado es incapaz o se niega a proteger a su población, o es el perpetrador de los crímenes atroces, la Comunidad Internacional debe actuar de manera colectiva y decisiva. Esto puede incluir medidas diplomáticas y humanitarias y, como último recurso, el uso de la fuerza autorizado por el Consejo de Seguridad de la ONU.
El mecanismo se empleó por primera vez en Libia, con la finalidad de proteger a los civiles de la represión del régimen de Gaddafi. Desafortunadamente, su implementación está sujeta a la voluntad política de los miembros del Consejo de Seguridad, lo que puede resultar en una aplicación inconsistente debido al uso del veto por intereses políticos y económicos particulares, presentando retos importantes como la ausencia de consenso internacional y el respeto inconsistente al derecho internacional humanitario.
El principio de R2P continúa siendo fundamental para la protección de los derechos humanos en todo el mundo, aunque su implementación práctica exige un balance cuidadoso entre la intervención humanitaria y el respeto por el Principio de Soberanía.
Determinar el momento adecuado para aplicar el principio de la Responsabilidad de Proteger (R2P) en una crisis concreta, requiere un proceso meticuloso y de múltiples facetas. Se debe tomar en cuenta:
- a) La realidad de la situación.
- b) Evaluar la incapacidad, la falta de voluntad o la autoría en los crímenes denunciados del Estado.
- c) Antes de considerar la intervención militar, se deben agotar todas las acciones diplomáticas y medidas preventivas. Esto incluye la imposición de sanciones, la mediación y otras formas de presión internacional.
- d) La intervención debe hacerse por Mandato del Consejo de Seguridad.
- e) La acción tomada debe ser proporcional a la amenaza y poseer una alta probabilidad de éxito para proteger a la población civil.
Todo este proceso, puede venir a tierra, si uno de los Estados Originarios con la facultad de Veto, lo ejerce.
El uso del veto ha perdido validez y eficacia debido a la polarización entre Rusia y Estados Unidos. Resulta extremadamente difícil alcanzar una Resolución que favorezca una mejor convivencia global, debido a UN VETO. En los conflictos entre Rusia y Ucrania, el veto ruso impide llegar a una Resolución para terminar el conflicto. Lo mismo ocurre con el conflicto entre Israel y Hamas, a causa del veto de Estados Unidos.
La Asamblea General de las Naciones Unidas, tiene la capacidad de asumir algunas responsabilidades del Consejo de Seguridad bajo circunstancias particulares, aunque de forma inusual y se rige por condiciones rigurosas. Esto puede suceder en ciertas circunstancias:
Bajo la Resolución ONU-1950, conocida como Unidos por la Paz, puede la Asamblea General, tomar acción en caso de un veto por parte de uno de sus miembros permanentes, en una Resolución relacionada con la paz y seguridad. En dicho caso, la Asamblea General puede convocar una Sesión Especial de Emergencia y recomendar medidas colectivas, incluido el uso de la fuerza, si es necesario.
Las Sesiones de Emergencia Especiales pueden ser convocadas por la mayoría de los miembros de la ONU, si así lo desean. No obstante, para que esas decisiones tengan efecto, deben ser ratificadas y puestas en práctica por los Estados miembros, dado que la Asamblea no posee la autoridad para imponer decisiones obligatorias o vinculantes.
Este procedimiento evidencia la facultad de la Asamblea General, para actuar en circunstancias excepcionales, aunque su poder sigue siendo restringido en comparación con el del Consejo de Seguridad.
A pesar de que la aplicación del Principio R2P está plenamente justificada en situaciones claras, que comprometen la paz y seguridad internacional, la toma de decisiones se ve a menudo coartada por los intereses específicos de los Estados y por la falta de voluntad o decisión política. En estos casos toma papel protagónico el desactualizado Veto.
Las Naciones Unidas no pueden continuar estando sujetas al uso del Veto, el cual viola el Principio de Igualdad, que debería prevalecer entre todos los Estados Miembros y que es empleado según la conveniencia de algunas potencias.
La justificación de que el derecho a veto protege a las naciones privilegiadas frente a otras, ya no es válida. Aunque en sus inicios pudo tener sentido y ser estratégicamente implementado, hoy en día parece más bien una carta blanca para dichas naciones. El veto prevalece sobre decisiones que podrían beneficiar a la comunidad internacional.
El 23 de septiembre de 2020 Juan Guaido, Presidente Interino, presentó en nombre de más de 30 millones de venezolanos, una solicitud de activación del G2P ante la 75ª Asamblea General de la ONU. El Artículo 99 de la Carta le ordena al Secretario General llevar ante el Consejo de Seguridad, cualquier asunto que pueda poner en peligro la paz y seguridad internacional. Desafortunadamente, el señor Antonio Guterres, Alto Representante, nunca realizó dicha acción ni hubo respuesta alguna y al día de hoy las causales de esa solicitud han recrudecido...
La modernización o reestructuración de la Carta de las Naciones Unidas debe ser inminente, si quiere seguir siendo el principal foro de los países del mundo, en busca de una convivencia pacífica y segura a nivel global. De no ser así, correrá el riesgo de perder su relevancia como autoridad reguladora de las relaciones internacionales, situación que ya se observa hoy en día, donde su voz y autoridad a menudo son ignoradas.
Debido a esas circunstancias, la efectividad de los mecanismos de la ONU para resolver conflictos, incluyendo el G2P, las Resoluciones y las intervenciones directas, han perdido vigencia, en beneficio de estados autoritarios y tiránicos, donde se produce violación de los derechos humanos de manera sistemática y en completa impunidad.
| Editado por los Papeles del CREM, 11 de septiembre del año 2024. Responsable de la edición: Raúl Ochoa Cuenca. [email protected]
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