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Corte Suprema de EE. UU. bloquea expulsiones de venezolanos a El Salvador

La decisión responde a la apelación de emergencia presentada por abogados de derechos humanos con tal de frenar la deportación de migrantes. El mes pasado, el presidente estadounidense invocó la Ley de Enemigos Extranjeros para arrestar a inmigrantes venezolanos. El juez federal James Boasberg había suspendido el 15 de marzo cualquier deportación basándose exclusivamente en la ley de 1798

La Corte Suprema de Estados Unidos suspendió el sábado la deportación de inmigrantes venezolanos sospechosos de pertenecer a una pandilla criminal bajo una ley del siglo XVIII, un nuevo episodio en los enfrentamientos del gobierno de Donald Trump con la ley.

El mes pasado, el presidente estadounidense invocó la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para arrestar a inmigrantes venezolanos acusados de pertenecer a la organización criminal Tren de Aragua, antes de deportarlos a una prisión de máxima seguridad en El Salvador.

Se ordena al gobierno no deportar a ningún miembro de esta clase de detenidos a los Estados Unidos hasta nueva orden de este tribunal”, afirma la orden judicial.

La decisión responde a la apelación de emergencia presentada por abogados de derechos humanos con tal de frenar la deportación de migrantes actualmente retenidos en un centro del estado de Texas, en el sur de Estados Unidos. En su recurso, presentado el viernes por la noche ante varios tribunales, la Unión de Libertades Civiles Estadounidenses argumentó que se había comunicado a los venezolanos retenidos en Texas que "iban a ser expulsados inminentemente".

La Corte Suprema ya había indicado este mes que cualquier persona en un proceso de deportación en el marco de esta ley del siglo XVIII debía tener la oportunidad de impugnar judicialmente su expulsión. La Aclu afirmó en su recurso el viernes que los migrantes retenidos en Texas corrían el riesgo de "ser expulsados de Estados Unidos sin previo aviso ni la oportunidad de ser escuchados".

El juez federal James Boasberg había suspendido el 15 de marzo cualquier deportación basándose exclusivamente en la ley de 1798.

El Tribunal Supremo levantó esta prohibición el 8 de abril. Sin embargo, consideró que las personas expulsadas en virtud de esta ley deberían poder impugnar su expulsión ante los tribunales.

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