“La AN no tiene la fuerza para derrocar al Presidente”

El término “golpe de Estado” está en boga. En el oficialismo, en la oposición. Las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y manifestaciones de calle de los detractores del Gobierno están en el epicentro del debate. Y Jesús Silva, abogado constitucionalista con visiones cercanas al Ejecutivo, tiene su perspectiva. El jurista, en conversación con Versión Final, considera que el pronunciamiento de la Fiscal General sobre las sentencias 155 y 156 fue “político”. Negó que haya existido un “Fujimorazo”, una tesis que tachó como “impertinente”.
—¿Por qué la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de suprimir y anular las sentencias? —Se produjeron declaraciones muy importantes desde la Fiscalía General de la República, cuya titular manifestó que las referidas sentencias creaban una apariencia de ruptura del hilo constitucional. Es cierto que esa opinión no profundizó en las razones jurídicas de la supuesta ruptura y activó algunos mecanismos de la Constitución que hicieron que el propio Presidente de la República reuniera a jefes de poderes públicos para dirigir unas recomendaciones al TSJ. Todo esto trajo como resultado sendas sentencias declaratorias que mantuvieron el aspecto esencial que ya se había decidido, pero que al mismo tiempo suprimieron las medidas cautelares, y de alguna manera, generaron una decisión mucho más clara y moderada a efectos del cumplimiento de la Carta Magna. —Los diputados de la Asamblea Nacional exigieron que se abriera una investigación contra el Presidente y los magistrados,
¿la Fiscalía General de la República puede iniciar dicha investigación? —Generalmente y, de acuerdo con lo que dice la Constitución, para un proceso de destitución de magistrados la calificación de falta corresponde a la Defensoría del Pueblo en este momento, en virtud de que encabeza el Consejo Moral Republicano. No hay ningún tipo de decisión a favor de abrir tal averiguación porque no se encontraron elementos jurídicos que así lo justificaran.
—¿Qué opina sobre las pasadas declaraciones de la fiscal Luisa Ortega Díaz? —Todo lo dicho por la fiscal son consideraciones políticas referentes a la sentencia. En mi criterio, como estudioso del derecho, es completamente falso que exista tal ruptura. Observo que la tan comentada sentencia del TSJ se enmarca en el artículo 336, numeral 7 de la Constitución, relativo a la omisión legislativa y que faculta expresamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para tomar decisiones cuando la Asamblea Nacional deja de tomar tales decisiones que son importantes para preservar el Estado de Derecho. —La Organización de Estados Americanos declaró que en el país hay una grave alteración inconstitucional del orden democrático.
¿Qué opina sobre esta declaración? —En la OEA se han violado garantías mínimas que la propia Carta Democrática establece. Un ejemplo de ello es la consulta al gobierno del país que se ve involucrado en el informe. Califico lo que ocurre en la OEA como un procedimiento de naturaleza política impulsado por un bloque de países o gobiernos de derecha, en vista de que las formalidades jurídicas fueron totalmente omitidas. —Algunos constitucionalistas aseguraron que hubo sesgo político en la sentencia 156 de la Sala Constitucional. Van 56 sentencias en contra del nuevo Parlamento.
¿Qué opinión le parece? —Debo advertir que desde que la oposición ganó la Asamblea Nacional han proliferado estos falsos constitucionalistas que, en mi criterio, fueron fabricados por canales de televisión y no por universidades. Dicho ese punto previo, en cuanto a la abundancia de sentencias del TSJ contra la actuación de la AN, creo que la propia actividad hostil, irregular, inconstitucional de la Asamblea, generó esta abundante jurisprudencia. Hemos visto que desde que asumió el poder hasta la presente fecha, dirigió ataques en contra de todos los demás poderes públicos, tratando de destituir o sancionar a sus principales representantes. Es esa campaña de agresión constante lo que forzó a los magistrados a pronunciarse, para preservar el funcionamiento y la vigencia de la Constitución.
—¿La sentencia Nº 156 no pudo sentar un precedente que avale el golpe de Estado? —La sentencia 156 evita un golpe de Estado parlamentario. Colocaba alcances y limitaciones a la función parlamentaria y a la inmunidad. No crea un contenido nuevo o distinto al que ya está establecido en la carta magna: artículos 200, 335 y 336. Simplemente esa sentencia da interpretación, aclara e ilustra sobre lo que ya nuestra constitución establece. El único golpe de Estado que en Venezuela se ha querido cometer desde que asumió esta nueva asamblea es de parte de la misma, contra los demás poderes. Nunca en nuestra Constitución se ha previsto que por el Parlamento, sin el concurso de otros poderes, se destituya a un Presidente y se sustituyan magistrados y rectores electorales; porque resulta que los procesos de calificación de faltas, transmisión y remoción de estas actas funcionales son complejos, es decir, intervienen varios poderes públicos, pero ninguno puede por sí sólo tomar decisiones definitivas de sanción y destitución. —Se habló de “Fujimorazo”,
¿cómo lo ve usted? —Es una comparación totalmente impertinente. Suena de manera llamativa en titulares de prensa, pero no tiene ningún basamento. Fujimori por sí mismo decidió desconocer al Poder Legislativo y en el caso venezolano, estas decisiones no provinieron de Nicolás Maduro.
—¿Qué tenía que hacer el Parlamento jurídicamente para apartarse del “desacato” y recuperar sus poderes? —La Asamblea Nacional debía obedecer las sentencias judiciales de acuerdo al criterio de la Constitución, previsto en el artículo 335, que le da al Poder Judicial la posibilidad de dictar sentencias obligatorias, en materia constitucional. Este poder se lo da la Constitución, así fue aprobada, así es la obligación que de la carta magna deriva. Una vez que siguiera los pasos de acatar no una, sino 50 y un poco más de sentencias, no cabe duda de que volvería al campo de la legalidad. No obstante, todo indica que no hay una voluntad política de parte de la mayoría opositora en el Parlamento. Se pretendía, y aún se pretende, exacerbar un conflicto que ocurre en todas las democracias.
—¿Es posible en Venezuela un escenario como el registrado en Honduras con Zelaya? —Afortunadamente no. La AN en Venezuela no tiene la fuerza política, ni institucional para, por sí sola, derrocar al presidente. Nuestra Constitución tiene una estructura donde la palabra definitiva en materia de funciones de los poderes públicos descansa en la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
—¿No arriesga el Gobierno el legado de Hugo Chávez al no dar respuesta a la crisis económica que afecta a millones de venezolanos? —El gobierno revolucionario actual hace importantes esfuerzos por resolver la crisis económica existente. Creo que en ese esfuerzo se demuestra un compromiso con el legado de Hugo Chávez. Como ciudadano espero que esos esfuerzos arrojen los mejores resultados posibles y a la brevedad, porque hay un enorme caso de escasez en medicinas y alimentos que la población no debería seguir padeciendo.