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TSJ declara nula reforma de Ley de Explotación del Oro aprobada por la AN

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nula de toda nulidad, carente de validez, existencia y eficacia la Reforma Parcial de la Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación de Oro, sancionada por la mayoría de los diputados que actualmente integran la Asamblea Nacional (AN), el 9 de agosto de 2016; por cuanto fue dictada en desacato a decisiones emanadas del TSJ, además de otras violaciones al ordenamiento jurídico, entre ellas, la desviación de poder que viene materializando la AN en varias de sus actuaciones.

Vale recordar que esta ley pretendía revertir el plan del Arco Minero del Orinoco impulsado por el Ejecutivo.

“Vamos a garantizar que esta forma ilegal con que el gobierno de Nicolás Maduro quiere comprometer las riquezas naturales y minerales de nuestro país, sea detenida”, dijo el parlamentario opositor Jorge Millán.

La norma declaraba de utilidad pública e interés social todos los bienes y obras existentes vinculadas con la reserva indica que en las Empresas Mixtas la República tendría una participación no menor del cincuenta y cinco (55%) del capital social y estarían constituidas de acuerdo a la ley y debidamente inscritas en el Registro Único Minero.

En aquella oportunidad el parlamentario del Gran Polo Patriótico, Asdrúbal Chávez, afirmó que el decreto para la creación de la Zona de Desarrollo Estratégico Arco Minero del Orinoco continuará su curso legal.

“Estos contratos que el presidente Maduro ha anunciado recientemente van a seguir adelante”, dijo.

 

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