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Carlos J. Sarmiento Sosa | La perversión de la amnistía: jueces, dilaciones y violaciones de derechos humanos

Lo que debía ser un instrumento de cierre de conflictos y de recomposición del tejido democrático se ha transformado, en los tribunales, en un mecanismo de chantaje y disciplinamiento. La amnistía, vaciada de su contenido liberador, se administra como dádiva revocable, gestionada por jueces más preocupados por complacer al poder político o por sostener redes de presión y extorsión que por respetar la Constitución y los derechos humanos.

Los resultados están saltando a la vista a la luz de las innumerables denuncias que aparecen en las redes sociales sobre los vicios y deficiencias –y también corrupción y extorsión– que se están presentando a nivel judicial en la ejecución de la Ley de Amnistía y Convivencia Democrática, contrariamente al espíritu, propósito y razón de lo que realmente significa el concepto de amnistía. En efecto, según noticias que se han convertido en hechos públicos, notorios y comunicacionales, se están produciendo amnistías condicionadas sujetas a denigrantes controles electrónicos como el famoso grillete, o se han negado solicitudes en unos casos y en otros se las somete a injustificadas dilaciones judiciales, sin que haya jueces que la apliquen sin más requisitos ni inventados procedimientos, o que ejerzan la facultad constitucional de desaplicar las normas inconstitucionales de la citada ley.

Lo que debía ser un instrumento de cierre de conflictos y de recomposición del tejido democrático se ha transformado, en los tribunales, en un mecanismo de chantaje y disciplinamiento. La amnistía, vaciada de su contenido liberador, se administra como dádiva revocable, gestionada por jueces más preocupados por complacer al poder político o por sostener redes de presión y extorsión que por respetar la Constitución y los derechos humanos.

De la amnistía como garantía a la amnistía como castigo

En su sentido jurídico amplio, la amnistía no es una gracia caprichosa, sino un acto excepcional orientado a cerrar etapas de confrontación política o social, levantando la persecución penal sobre determinados hechos por razones superiores de paz y convivencia. Su lógica es la del olvido jurídico, no la del sometimiento degradante del beneficiario. Cuando a la amnistía se le añade el grillete humillante, la vigilancia arbitraria, el peregrinaje burocrático o la condición extra legal, deja de ser garantía para convertirse en castigo encubierto.

Esa perversión no es producto de un simple error técnico. Es una decisión política y judicial conscientemente asumida por operadores que han preferido poner su firma al servicio del miedo y no del Derecho. El juez que usa la amnistía como herramienta de sometimiento traiciona no solo el texto que la regula, sino la idea misma de justicia transicional, que exige romper con las lógicas de venganza, arbitrariedad y persecución selectiva.

La “banalidad del mal” con toga

Hannah Arendt, al analizar el juicio de Adolf Eichmann en Jerusalén, acuñó la expresión “banalidad del mal” para describir a quienes, sin ser monstruos patológicos, ejecutan actos atroces desde la obediencia acrítica a órdenes y sistemas que no se atreven a cuestionar. Esa categoría encaja alarmantemente bien en el comportamiento de muchos jueces en sistemas donde la justicia ha sido capturada: magistrados y jueces que se limitan a “cumplir instrucciones”, a reproducir fórmulas, a negar libertades o a vaciar de contenido una amnistía, sin detenerse un segundo a pensar en las consecuencias humanas de su actuación.

Esos jueces sumisos no son meros burócratas inocuos: son engranajes indispensables del aparato de abuso. No son inocentes los que niegan una amnistía manifiestamente procedente, imponen controles humillantes sin base legal o dilatan indefinidamente la ejecución de un beneficio, destruyendo vidas y familias. Son responsables, y su responsabilidad no es solo moral: puede ser disciplinaria, civil, penal e incluso internacional, en la medida en que participan en la consumación de violaciones de derechos humanos.

Captura política de la justicia y “lawfare al revés”

La experiencia reciente en distintas latitudes muestra que el control político del Poder Judicial se ha convertido en una prioridad de gobiernos que buscan blindarse frente al escrutinio y a la responsabilidad. Desde la designación partidista de jueces hasta la manipulación de los órganos de gobierno del Poder Judicial, pasando por campañas de descrédito contra magistrados incómodos y reformas procesales hechas a la medida, todo forma parte de una estrategia de captura.

Mientras en algunos países se acusa falazmente a los jueces de practicar “lawfare” para justificar reformas destinadas a someterlos al poder político, en otros se utiliza el andamiaje judicial como instrumento de persecución de opositores. En ambos casos, la independencia judicial es la víctima. La amnistía mal aplicada, saboteada o humillada se inscribe en ese mismo cuadro: tribunales convertidos en oficinas de control político, no de tutela de derechos.

Estado de Derecho en demolición silenciosa

Cuando el ciudadano deja de ver en los tribunales un espacio de protección y los siente como una extensión del poder, el Estado de Derecho ha empezado a desmoronarse, o no existe. Las amnistías que no se ejecutan, las condiciones vejatorias, las negativas arbitrarias y las dilaciones eternas no son meras anécdotas, sino síntomas de una demolición silenciosa que ha conducido a su extinción.

Cada vez que un juez inventa un obstáculo donde la ley no lo prevé, cada vez que exige un requisito no contemplado, cada vez que tolera –o participa– en prácticas de extorsión ligada a decisiones sobre libertad, se rompe el derecho de acceso a la justicia. Y cuando ese patrón se repite, ya no se habla de errores individuales, sino de un sistema que ha optado por funcionar al margen de sus propias normas.

La factura: la responsabilidad del Estado

El juez que viola derechos humanos en la negativa de una amnistía arrastra consigo al Estado. No hay lugar para equívocos ni excusas: las denegaciones de justicia, los retardos maliciosos, las condiciones degradantes impuestas sin respaldo normativo y la instrumentalización del sistema judicial para fines políticos comprometen la responsabilidad del Estado por violación del debido proceso, del derecho a la libertad personal y de la prohibición de tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Constitución de 1999 señala que la independencia judicial no es un lujo retórico, sino una obligación concreta, y que el uso del aparato judicial para perseguir opositores o neutralizar disidencias constituye una violación grave de derechos humanos. Cada caso mal tramitado, cada amnistía saboteada, suma en el expediente de cada juez y terminará generando condenas, reparaciones y una erosión severa de legitimidad.

Alerta ciudadana: lo que hoy se tolera contra otros mañana se aplicará a todos

La sociedad no puede normalizar que la amnistía se convierta en negocio, castigo o mecanismo de chantaje. Aceptar como “natural” que se impongan grilletes infamantes, controles arbitrarios, dilaciones sin fin o condiciones no previstas en la ley es dar por buena la idea de que la libertad depende del humor o de la sumisión del juez o del cálculo político del momento.

Lo que hoy se ensaya contra cualquier adversario, o beneficiario de la amnistía, mañana se utilizará contra cualquiera que resulte incómodo. Cuando se destruye la independencia judicial y se pervierte el sentido de la amnistía, nadie está a salvo. La alerta debe ser clara: la responsabilidad ya no recae únicamente en los jueces que firman resoluciones injustas ni en los gobernantes que impulsan la captura de la justicia, sino también en una ciudadanía que, si se resigna, continuará viviendo bajo un régimen donde la ley es solo una coartada para legitimar el abuso.

 

Fuentes:

Carlos J. Sarmiento Sosa. Conocer el Derecho: Herramienta del ejercicio ciudadano. Rete Iuris Consultores. Editorial Jurídica Venezolana Internacional. Caracas, 2024.

Carlos J. Sarmiento Sosa. LA BANALIDAD DEL MAL Y LOS JUECES SUMISOS. BOLETÍN INFORMATIVO NÚMERO 248, AIPOP, 13 de Septiembre de 2015.

Carlos J. Sarmiento Sosa. El control difuso de la constitucionalidad y la amnistía condicionada. VERSIÓN FINAL 15 de marzo de 2026 https://diarioversionfinal.com/opinion/carlos-j-sarmiento-sosa-el-control-difuso-de-la-constitucionalidad-y-la-amnistia-condicionada/

 

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